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LUIS FERNANDO CARDONA
Director Fundador

ActualidadCambios que perjudican la educación local (II)

Cambios que perjudican la educación local (II)

El imprevisto y abrupto cambio de operador de los Megacolegios Hugo Ángel Jaramillo y Jaime Salazar Robledo,  pocos días antes del comienzo de la actividad escolar de este año 2023 y la falta de más de 300 personas,  entre  administrativos y personal de servicios, que tiene semiparalizada la actividad escolar en los establecimientos del Municipio de Pereira, revelan una condenable falta de planeación y de gestión en la Secretaria de Educación de Pereira, que tiene inmerso en un caos, nunca visto, el comienzo del año escolar.

Cada año el Municipio, previa reserva presupuestal, debe contratar el personal necesario para dirigir y apoyar la labor docente en cada institución educativa y solicitar al Ministerio de Educación los fondos necesarios para pagar a los profesores durante el año lectivo; pero no lo hizo a tiempo para este año.

Como lo describimos en nuestra columna anterior, la Universidad Tecnológica de Pereira y Sueje operaban los Megacolegios referidos en virtud de un contrato de concesión, producto de una licitación pública; contrato que debía prorrogarse, antes de su vencimiento, para su ejecución en 2023. La intención de prorrogarlo fue evidente en el Plan Anual de Contratación del Servicio Educativo, publicado en la web de la Secretaría de Educación del Municipio de Pereira, el 06 de enero de 2023.

Pero la prórroga del contrato debía formalizarse mediante la firma de un documento, soportado, como todos los contratos del Estado, en un Certificado de Disponibilidad Presupuestal, CDP, que, para este caso no apareció, por lo que se produjo la finalización del contrato, por vencimiento del plazo y ya finalizado no se pudo prorrogar.

En tales circunstancias, transcurrido el mes de enero y ante la inminencia de tener que cerrar los Megacolegios, el Municipio echo mano de una vieja norma contenida en la Ley 115 de 1994: «ARTICULO 200. Contratos con las iglesias y confesiones religiosas. El Estado podrá contratar con las iglesias y confesiones religiosas que gocen de personería jurídica, para que presten servicios de educación en los establecimientos educativos (…)»

No tenemos claro si una contratación bajo esa norma puede ser directa, pero debemos advertir que, con este precipitado remedio, se está violando el Artículo 2.3.1.3.2.10. del Decreto 1851 de 2015, que dispone: «El Plan Anual de Contratación del Servicio Educativo y sus actualizaciones deben publicarse físicamente a más tardar el 30 de noviembre de cada año en un lugar visible de la oficina de atención al ciudadano de las secretarías de educación (…)

Este plan podrá actualizarse hasta un mes antes del inicio del calendario escolar definido por la entidad territorial certificada en cada vigencia, (…)».

En el calendario de Pereira, un mes antes fue el 16 de diciembre de 2022. Esperamos que esa violación no prolongue el caos.

1 COMENTARIO

  1. James muy grave lo acontecido en la Secretaria de Educación, además de la incapacidad para la contratación de operativos, el cambio abrupto de los colegios en convenio con el mejor contratista que se pudiera tener en esa materia la UTP. No tienen presentación.
    Eso deberá ser cobrado por la ciudadanía en las próximas.elecciones.

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