Por J.J. ARIAS HENAO
Cuando en las corporaciones públicas ( Concejos, Asambleas, Cámara y Senado) no se pueda debatir cualquier decisión que se tome, apague y vámonos.
Hace pocos días y con todo el derecho que le asiste a la procuraduría regional de Risaralda, fuimos notificados que se abrió nuevamente y ante apelación del quejoso, un tema ya archivado meses atrás y que se relaciona con nuestro desempeño como Diputados 2016-2019, en la asamblea departamental de Risaralda.
Dice el anónimo quejoso que nosotros, en su momento, negamos facultades al ejecutivo ( Gobernador de ese entonces) y que por eso se paralizó la administración en su plan de desarrollo y en su labor administrativa, hecho que afortunadamente y así lo haremos saber en los descargos, nunca ocurrió; porque ni las facultades fueron negadas y según las constancias, certificaciones y las mismas rendiciones de cuentas presentadas, la administración departamental de Risaralda, le cumplió a los risaraldenses con su plan de desarrollo Verde y Emprendedor.
Ahora bien, en el ejercicio de Diputado, que fue de 8 años, nunca conocí una ordenanza que le negara facultades al gobernador, diferente es y en el sano criterio, durante las discusiones y en el procedimiento de aprobación que contempla la ley ( 3 debates en plenaria y dos en comisión) los tiempos establecidos son de obligatorio cumplimiento y el mismo reglamento interno, apoyado en la ley 5 del congreso que los rige, así lo permite, por lo tanto, la aprobación final, no está ceñida a si los mandatarios tienen o no facultades vigentes, es más, hasta la ley nos ampara, si éstas son negadas, factor que tampoco paraliza el desempeño, porque acude a otras instancias jurídicas y legales.
Ante el reclamo del quejoso y que da pie para la investigación de 7 exdiputados ( 3 de ellos en ejercicio ), estamos totalmente tranquilos de que la procuraduría regional, analizará las actas, los vídeos y todos los anexos, para concluir y eso esperamos, que las facultades se dan precisas y pro tempore, y que las mismas se dieron en ese sentido, que los tiempos de la aprobación se cumplieron y que no se podrá limitar ese ejercicio, por las independencias y obligaciones que tanto tiene el ejecutivo, como el legislador primario, llámese co-administrador departamental.
Como ejemplo y que no olvido, de manera especial, recuerdo incluso que en la misma administración anterior hubo un tiempo del gobernador Salazar sin facultades, porque la oficina responsable de hacerlo y solicitarlas a la asamblea, olvidó radicarla previamente y fueron por lo menos 20 días, sin esa autorización, precisamente, mientras la discusión y los debates reglamentarios.
JotApunte: este artículo solo compromete en sus apreciaciones a JJ Arias Henao, en calidad de columnista de elopinadero.com.co
John Jairo Arias Henao