Por: CARLOS ALFREDO CROSTHWAITE FERRO
En mis diferentes pasos por el Concejo Municipal pude constatar que esta corporación pública, que entre muchas de sus funciones tiene la de regular y controlar las actividades de las demás entidades del orden municipal, y en general velar por que la acción del alcalde y sus funcionarios propenda por el bienestar de todos los habitantes, poco hace para que estas obligaciones se cumplan y se lleven a feliz término. Ahora bien, los miembros de la corporación saben que no controlar y denunciar los actos contrarios a la ley de los funcionarios bajo su control y vigilancia, y que lesionan los derechos de la ciudadanía, tiene precio. Han aprendido a sacar provecho del incumplimiento de sus funciones constitucionales y legales.
Muchas son las denuncias que a diario se hacen por los medios de comunicación o directamente por los afectados que claman soluciones. Algunos ejemplos: un grupo de ciudadanos denunció hace poco que 44 familias fueron objeto de incumplimiento a contrato de compraventa de inmueble por parte de la constructora PROYECTOS URBANOS JL, quien vendió el proyecto TRIBECA TOWNHOUSE ubicado en el sector Tribunas, en predio de propiedad de la señora madre del exconcejal y hoy Diputado Jaime Duque. Este proyecto inició negocios en el 2019 y solo hasta febrero de 2021 la Curaduría No. Uno expidió Licencia de urbanismo y construcción de obra nueva para portería y tres casas campestres. O sea que se venden 44 unidades de vivienda, sin licencia, se recibe dinero de los compradores, y luego al no obtener licenciamiento del proyecto ofertado, se procede a dar por terminado el contrato, devolver dineros, sin indemnizar, con la frescura de que nadie sanciona.
Frente a esto la Constitución establece entre las funciones del Concejo “vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda”, la que se delega al alcalde quien las cumple a través de la Secretaría de Vivienda. Y para el caso de Pereira, esta labor es ineficiente, con escasez de personal y logística insuficiente, convertida en una función de apagar incendios, pues siempre llega tarde y a ruego. Ante el hecho el Concejo guarda cómplice silencio, poco o nada hace para conocer y controlar las funciones delegadas, y tomar los correctivos, así que los ciudadanos terminan pagando las consecuencias de sus incumplimientos.
Otro ejemplo, la Superservicios tiene el control y vigilancia de los servicios públicos, pero el Concejo tiene la capacidad de exigirle a Aguas y Aguas un cumplimiento estricto y transparente de sus funciones y buen trato a los usuarios del servicio. Entre las muchas contrariedades entre empresa y usuarios, está la medida de consumo en las unidades de propiedad horizontal. Las redes de dotación de agua se diseñan y construyen con la especificación de instalar medidor para obtener el consumo de las unidades privadas y área común. El marco regulatorio permite que la empresa pueda instalar macromedidor a la entrada del conjunto para controlar el volumen de agua consumida, pero establece taxativamente la prohibición de utilizar este para cobrar el consumo del área común, solo lo permite en los casos que no sea posible colocar medidor, lo que ocurre en muy pocas ocasiones.
No obstante, la empresa ha hecho todo tipo de trampas para desconocer esta norma, y cobra el consumo utilizando este aparato de medida. En respuesta a los usuarios que se quejan de esta decisión llega al colmo de trascribir en sus respuestas normas ya derogadas en el ordenamiento jurídico. O sea, miente en sus decisiones, sabiendo que la mayoría de los usuarios no conoce en detalle las normas. Desde el 2016 denuncié esta grave situación en el Concejo sin que fueran atendidas. El conflicto permanece, los usuarios siguen a expensas de las decisiones arbitrarias de la empresa.
Son los anteriores dos casos para probar que la ciudadanía es vulnerada en sus derechos de manera persistente, por la corporación que ella misma elige para que la defienda. La sociedad actual esta indefensa.