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Contexto Indígena en el marco del COVID 19 en el Departamento de Risaralda 2020

Por Elsa Gladys Cifuentes Aranzazu

La población indígena en el departamento de Risaralda es de aproximadamente 30000 personas, según el Censo DANE 2018, pertenecientes al pueblo Embera Chamí y Katio, asentados en ocho resguardos indígenas, cuatro parcialidades y la cada vez más notoria presencia en el entorno urbano de Pereira y de los 8 municipios del departamento donde hacen presencia.

El siguiente es el listado de los resguardos y su población que suma un total de 16 mil indígenas.

MISTRATÓ:  

  • Resguardo Unificado Chami Rio San Juan – 6.695 emberas chamí        
  • Resguardo Embera Loma Citabara – 679 emberas chamí

PUEBLO RICO:

  • Resguardo Unificado Chami Rio San Juan  –  5.684 emberas chamí y katio
  • Resguardo Gito Docabu   – 1.484 emberas katio

MARSELLA:

  • Resguardo Embera Chami de Altomira –          391 embera chami
  • Resguardo Embera Chami de Suratena –          683 embera chamí

BELÉN DE UMBRIA:

  • Resguardo Flor del Monte  –      196 embera chami

Adicional a los Resguardos mostrados arriba, en otros municipios hay 3 parcialidades legalmente constituidas:

En Quinchía, la parcialidad Embera Chami y la parcialidad Embera Karambá, y en el municipio de Guática, la parcialidad Embera Chami.

Igualmente, encontramos un cabildo urbano llamado Kurmadó en la ciudad de Pereira, y 3 asentamientos indígenas que se configuran como comunidades con sus respectivos cabildos que no cuentan con el registro ante Mininterior, pero han sido reconocidas por las administraciones municipales, en los municipios de Santuario, Balboa y Apía.

Ahora bien, a pesar de la permanencia histórica milenaria de los pueblos Embera Chamí y Katio en el departamento de Risaralda, la presencia de actores armados en territorio indígena se convirtió en el principal factor de riesgo para la supervivencia de estos pueblos que habitan en las zonas rurales de Risaralda y sus municipios. Por tal motivo la Corte Constitucional en el Auto 004 de 2009 incluyó al pueblo embera chamí como uno de los 34 pueblos declarados en riesgo de extinción física y cultural, a causa del conflicto armado interno y por las gravísimas violaciones a sus derechos fundamentales individuales y colectivos y del Derecho Internacional Humanitario.

Las consecuencias de la histórica discriminación hacia los pueblos indígenas se han traducido en una vulneración estructural y sistemática de sus derechos humanos, especialmente sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, que ha desencadenado una agudización de su situación de pobreza que impacta su tejido social, su identidad cultural, a la vez que ha afectado el valor ambiental, productivo, cultural y espiritual de sus territorios ancestrales. Es por ello que en el contexto actual generado por la la pandemia de COVID-19, distintas instancias internacionales (ONU), regionales (CIDH) y nacionales de DDHHs, se han pronunciado para alertar sobre la especial vulnerabilidad de los pueblos indígenas y hacer llamado a tomar medidas diferenciales y de pertinencia cultural según usos y costumbres de sus territorios.

En este sentido, la CIDH considerando el contexto de la pandemia del COVID-19 y a la luz de los pueblos indígenas como sujetos colectivos de derechos, pide tener presente las siguientes recomendaciones adicionales a la Resolución Nro. 1/2020:

1. Garantizar el derecho a la salud de los pueblos indígenas, desde los enfoques de interculturalidad, género y solidaridad intergeneracional; tomando en cuenta los cuidados preventivos, las prácticas curativas y las medicinas tradicionales, con especial atención a la situación de los grupos en situación de mayor vulnerabilidad en relación con la pandemia, especialmente personas mayores y/o con condiciones preexistentes, en áreas distantes a centros de salud;

2. Asegurar la participación de los pueblos indígenas, mediante la inclusión de sus entidades representativas, líderes/as y autoridades tradicionales, en la formulación e implementación de políticas públicas orientadas a la prevención y atención médica de esta población;

3. Adoptar medidas, incluyendo políticas sociales, orientadas a mitigar los efectos socioeconómicos que las acciones sanitarias que se implementen para la prevención y atención de la salud en el marco de la pandemia de COVID-19, puedan causar en las formas de vida y el sustento económico de los pueblos indígenas, respetando el principio de igualdad y no discriminación;

4. Abstenerse, en el marco de la pandemia del COVID-19, de promover iniciativas legislativas y/o autorizar proyectos extractivos, de explotación o desarrollo en o alrededor de los territorios de los pueblos indígenas, en virtud de la imposibilidad de llevar adelante los procesos de consulta previa, libre e informada (debido a la recomendación de la OMS de adoptar medidas de distanciamiento social).

Por su parte, en las mesas de trabajo sostenidas con las autoridades indígenas del departamento de Risaralda, han indicado que se adolece de una estrategia integral articulada para la implementación de acciones afirmativas de atención en salud, seguridad y soberanía alimentaria a la población indígena y de manera especial a la Guardia Indígena quienes son los encargados de realizar el control territorial para evitar la llegada y propagación del virus. Por tal motivo, han planteado las siguientes solicitudes:

  • Viabilizar la entrega de las Ayudas Humanitarias de Emergencia, para garantizar su derecho a la seguridad alimentaria.
  • Agilizar la entrega de dotación de kits de bioseguridad para las guardias indígenas.
  • Que en la post-pandemia se pueda generar un proyecto sostenible a gran escala de soberanía alimentaria para fortalecer la autonomía de las comunidades ya que un alto porcentaje se dedica a trabajar como jornaleros de fincas cafeteras en el departamento.

Además de ello y en concordancia con las orientaciones del CIDH se enfatiza la necesidad de formular e implementar políticas públicas que garanticen el derecho a la salud de los pueblos indígenas, incluyendo la accesibilidad de los servicios y la disponibilidad de insumos (incluyendo exámenes para el diagnóstico del COVID-19); la elaboración e implementación de protocolos de prevención y contingencia especializados y culturalmente apropiados, que incluyen el diseño de estrategias de capacitación destinadas a los/as agentes de salud indígena (como cuidadores/as y curanderos/as tradicionales), y que se les brinden los elementos necesarios para su protección (máscaras, guantes, desinfectantes, entre otros); así como la adecuación cultural de la atención médica, que deberá respetar las cosmovisiones de estas comunidades. Estas políticas públicas deben incorporar los principios fundamentales del enfoque de derechos humanos, como los de participación social, igualdad y no discriminación.

Por ello, atendiendo el hecho de que aún no se presentan casos de contagio en la población indígena en el departamento desde la Defensoría del Pueblo Regional Risaralda hacemos un llamado a generar todas las condiciones de bioseguridad y seguridad y soberanía alimentaria de protección a esta población e igualmente hemos solicitado a la Gobernación departamental y las alcaldías un informe sobre:

  • Las estrategias, protocolos y planes de contingencia para atender esta emergencia sanitaria en los territorios indígenas y donde se presentan asentamientos de parcialidades y comunidades indígenas.
  • Mecanismos de articulación con las autoridades indígenas y  el CRIR para la construcción e implementación de acciones afirmativas para la atención en salud a esta población.
  • Informar si se cuenta con información epidemiológica para identificar el nivel de riesgo de la población indígena en el departamento.

Finalmente, para el caso de la población  indígena que se encuentra en el albergue de la Plaza de Ferias de la ciudad de Pereira, solicitamos que se garantice la continuidad en la prestación del servicio, dado que las familias indígenas provienen de distintas comunidades y resguardos de origen y no todos pueden regresar a su territorio. Y para el caso de quienes manifestan su deseo de regresar, es necesario que se realice todo el aprestamiento previo, tanto logístico como de coordinación, con las autoridades de gobierno indígena de dichos resguardos, como con los mandatarios locales para que se habiliten todas las condiciones para su retorno y especialmente las de bioseguridad para prevenir cualquier posible contagio dado que en esos municipios se encuentran hasta el momento libres de Covid 19.

De lo contrario se podrían estar generando situaciones de vulneración de derechos fundamentales a esta población.

*Defensora del Pueblo Regional

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