ESCAMPAVIA.
La Constitución Política es la ley fundamental, es la guía que establece los límites y define las relaciones entre los poderes es los que se divide el Estado democrático, aquella que sustituyó a las monarquías.
Sus orígenes se remontan a la que fuera obligado a firmar Juan I de Inglaterra, en la cual se establecieron los límites al poder del monarca, aparece la representación popular, la instancia insustituible para establecer impuestos y gastos. Hoy a pesar de lo escrito entonces, es el Reino Unido una monarquía democrática sin Constitución Política escrita, la cual es sustituida por las decisiones del parlamento bicameral.
Las más antiguas Constituciones son la de los Estados Unidos de América (1787), España (1.812), Noruega (1.814) , Holanda (1,815), y las más contemporáneas, las de Túnez, Tailandia y Egipto vigentes desde 2.014.
En Colombia las Constituciones aparecen desde la declaración de la independencia, así los Estados redactaron sus normas, la de Cundinamarca es de 1.811 y en 1.812 la de Antioquia. Nuestro país registra 9 Constituciones Políticas, aprobadas en: 1.821,1.830,1.832,1.843, 1.853, 1.858, 1.863,1.886 y 1.991.
Al afirmar que “la Constitución no puede ser cambiable a placer” el magistrado presidente de la Corte Constitucional José Fernando Reyes, le advirtió al presidente Petro que la norma de normas no es algo gelatinosa sometida al capricho del gobernante de turno, la misma norma prescribe la manera como puede modificarse, cosa que ha ocurrido: “desde el año 1917, hasta febrero de este año se han aportado 256 reformas constitucionales mediante las cuales se modificaron en 770 ocasiones diversos artículos, de acuerdo con investigación de la Dirección General de Difusión y Publicaciones del Instituto Belisario Domínguez del Senado”
España, ha tenido 8 Constituciones desde 1.812, la de los Estados Unidos de América, ha recibido 27 enmiendas; las Constituciones no son normas pétreas, pueden y en efecto se modifican aquí y allá pero siempre acorde con la manera como las mismas leyes de leyes lo prescriben y más delicado aún, la manera como se puede convocar para redactar una nueva.
La seguidilla de nuevas constituciones que registramos en el siglo XIX, fueron consecuencia de alguna manera de las guerras civiles en la que se enfrentaron centralistas y federalistas, liberales y conservadores: las guerras de: 1.830, de los Supremos en 1.839-1.841, las de 1.851,1.854, 1.859-1.862, 1876-1.877, 1884-1.885, 1.895 y la de los Mil Días 1.899-1.902. Nos recuerdan a un viejo dirigente político quien preguntó: “¿en contra de quién será esa nueva carta política?”.
El presidente Petro viene impulsando una constituyente, misma que prometió no emprender, pero ésta, como tantas otras promesas incumplidas en las que emulan Santos y Petro, se haría, siguiendo la cartilla de Lenin, cuando amparado en el soviet, con una minoría evidente, modificó el estado existente.
El presidente ha dicho que será una indefinida colectividad la encargada de convocar y redactar la constitución, por la puerta de atrás de la norma vigente. Para ello encontró a un veterano en hacerle trampa al elector primario y a la Constitución: el del fast trak y del obsceno concierto para desconocer la decisión pueblo en las urnas; adicionalmente, por ignorancia, ingenuidad, o para engañar, presenta los temas a debatir, haciendo creer que una vez instalada, esa constituyente, solo modifique lo que en su delirio de grandeza le ordene.
Algo que es impredecible nos vende la ilusión de la neo verdad: que con la nueva constitución los corruptos se arrepientan, desaparecerán: los atracos, la extorsión, los secuestros, los bloqueos, los privilegios a las minorías violentas, no habrá fiscales fiesteros y mudos, ni hermanos, sobrinos, esposas, ineptos y nuevos ricos en los cargos públicos y tampoco el derroche de los que se pasaron a vivir sabroso. El delirio apenas asoma, espere el siguiente capítulo.