Por ALBERTO ZULUAGA TRUJILLO
Muchas dudas, vacíos y lagunas deja la aprobación de la reforma a la justicia, discutida por el Congreso, proyecto que pretendía adecuarla a la nueva arquitectura constitucional, establecida en el Acto Legislativo 02 de 2015 por medio del cual se adoptó la “Reforma de Equilibrio de Poderes y Reajuste Institucional”. Sobre su trascendencia, el Presidente de la Corte Suprema, magistrado Luis Antonio Hernández en su clara exposición ante la plenaria del Senado expresó: “Aunque no es una gran reforma, es un paso adelante en el mejoramiento de las condiciones de la justicia en el país”. El destinarle un 3% del total del presupuesto general de la nación, permitirá mejorar y modernizar todo el aparato de justicia y dar garantía a sus prestadores. Desde luego, los tres billones aumentarán su tamaño, creando nuevos cargos en todas las entidades de la rama, que esperamos no sea un despropósito en momentos en que tanto se requiere de la austeridad del gasto. La reforma permitirá acercar la justicia a los ciudadanos al crearse los “jueces itinerantes” que atenderán la demanda de la justicia en los municipios de mayor congestión judicial, trayendo consigo la conformación de módulos completos de juzgados para la eficaz administración de la misma en los apartados territorios donde se requiera. Tal vez, uno de sus mayores logros es el montaje del expediente digital, al cual se podrá acceder para conocer en tiempo real el estado de los procesos desde cualquier lugar del mundo. Esta reforma, cumple con la igualdad de género al consagrar que el 50% de las listas de elegibles a las Altas Cortes sean integradas por mujeres. Lamentable sí, el mico colgado en su discusión en el Senado, al aprobarse un parágrafo en el que se cambian los requisitos para ser Fiscal, Procurador, Registrador y Defensor del Pueblo, permitiéndose la aspiración de personas sin experiencia en el ámbito judicial. Igualmente, los requisitos para ser juez o magistrado podrán acreditarse con la experiencia en ciencia política, gobierno, finanzas, economía, administración de empresas y administración pública. Aun cuando hay quienes aseguran que este artículo, el 67, fue corregido para impedir que alguien con profesión diferente al derecho pudiera aspirar a impartir justicia en nombre de la República, finalmente poco importa, porque de haberse aprobado así, la norma no resistirá el examen automático de control constitucional que debe hacerle la Corte por tratarse de un proyecto de reforma a una Ley Estatutaria. Como dijimos al comienzo, muchas lagunas quedan y lejos está de haber sido una reforma integral a la justicia, al no despojar a las Cortes, por ejemplo, de la función electoral que tanto compromete su independencia permitiendo, igualmente, seguir con el politiquero sistema de escogencia de sus reemplazos y la continuidad de tantas Cortes, causa frecuente de los choques de trenes, dejando claro que la politiquería en ellas será inevitable. Para evitar que un organismo político como lo es el Congreso, investigue al Presidente de la República, a los magistrados de las Altas Cortes y al Fiscal General, se debió suprimir la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara, dejando en un serio órgano judicial, que bien pudiera ser una Sala de la Corte Suprema, la responsabilidad de juzgarlos. En fin, debió preverse la integración de estas Cortes por verdaderos juristas que, tras exigentes requisitos, alcancen su propósito de llegar al pináculo del sistema judicial, como corolario de una vida de entrega y estudio.
Alberto Zuluaga Trujillo. alzutru45@hotmail.com
Mientras existan tantos politiqueros de media … sera imposible hacer una verdadera reforma. Mientras existan magistrados politiqueros que no permiten cambios , tendremos la peor justicia, por que siguen decidiendo de acuerdo a la persona natural o juridica no de acuerdo a la ley. Tenemos miles de ejemplos, da grima recordar tantos ejemplos, mejor, ni los menciono porque todos los conocemos.