Por: JUAN CARLOS PARRA SANABRIA
Dicen que no podemos encontrar resultados diferentes si, de manera repetitiva, hacemos las mismas cosas para solucionar los problemas, se puede aplicar a todos los casos.
En el tema de los siniestros viales, desde hace mucho tiempo tenemos al ministerio de transporte liderando los diferentes procesos del gobierno para mitigar los riesgos viales y reducir las altas cifras de lesionados por esta causa.
Uno de los dolores de cabeza en esta materia, son los motociclistas, los cuales en el año 2019 fueron el 53% de las víctimas fatales, es decir, de más de seis mil ochocientos veintiséis muertes por hechos de tránsito, más de tres mil seiscientos sesenta y seis (3.666) fueron usuarios de motocicleta, lo que pone las luces en rojo para todas las autoridades y se deben hacer mayores esfuerzos para que estas personas ejerzan su derecho a la movilidad y al trabajo, con mayor seguridad, recordemos que la Organización mundial de la salud (OMS),desde el año 2004 declaró este tema como un problema de salud pública.
En ese orden de ideas, el ministerio de transporte anunciaba desde el año 2017, que estaban trabajando en normas estrictas para mejorar el comportamiento de los usuarios de las vías. Recordemos que, en ese año se actualizó la Norma Técnica Colombiana ( NTC 4533), atacando uno de los más polémicos inconvenientes, el uso del casco. Por ello, en el año 2019 se expidió por parte de esta cartera ministerial la resolución 1080 y reguló esta materia, pero es una norma que va dirigida a los fabricantes, los importadores, los comerciantes, no es una norma para aplicar por parte de las autoridades en operativos comunes en las vías .
En el mes de noviembre de 2019, se expide por parte del Ministerio de Transporte uno de los actos administrativos más esperados por todos los líderes de la seguridad vial de Colombia, porque esperábamos regular temas urgentes para el uso del casco, de manera contundente buscando la eficacia, así que, con mucha curiosidad y esperanza recibimos la resolución 23385, por medio de la cual se establecen las condiciones mínimas para el uso del casco protector para conductores y acompañantes de vehículos tipo motocicletas, mototriciclos, motocarros, cuatrimotos y se dictan otras disposiciones.
Estoy seguro que las personas de la educación y la prevención vial, quedaríamos contentos con una novedosa norma que motive a todos los colombianos a trabajar en el equipo de la seguridad vial para luchar contra la violencia del transito que cobra la vida alrededor del mundo de 1.3 millones de personas al año.
Sale la resolución ministerial 23385 y nos dice que la norma será de aplicación nacional, excelente promesa, porque en mas de 900 municipios en Colombia no usan casco y en mas de 800 no hay quién haga el control en las vías y tampoco tienen organismo de tránsito; muy interesante saber, quién va a garantizar el cumplimiento de esta norma en esos sectores del país.
El articulo 4 tiene el grueso del contenido, nos orienta sobre la forma de usar correctamente el casco protector, en el literal a. menciona que la cabeza debe estar completamente inmersa en dentro del casco, el sistema de retención debe estar asegurado por debajo de la mandíbula inferior y no puede tener broches o correas dañadas o defectuosas.
En el literal b, se prohíbe el uso de celulares interpuestos entre la cabeza y el casco; esta es una muy buena medida que contribuye a erradicar la distracción en los motociclistas, mientras van condiciendo el vehículo estarían corriendo el riesgo de una colisión o un hecho de transito trágico, pero al finalizar el mismo literal, se borra con el codo lo que se construye para prevenir estas conductas de riesgo, porque se va a permitir usar sistemas de manos libres, lo que quiere decir que tendremos de todas formas, conductores de motocicletas hablando por teléfono, distraídos, no sé quien les dijo a los señores del ministerio que hablar por celular con estos equipos de comunicación, distrae menos que hablar por celular sujetado entre el casco y la cabeza.
El literal c. habla del uso de los cascos abatibles, los cuales se exigirán que en el momento que se inicie la marcha deben estar completamente cerrados, esta medida es muy buena, no solo por la protección de la cara y la parte frontal de la cabeza, sino que derrumba todos los mitos que se habían creado en contra este tipo de casco, es decir, aquí podemos decir claramente que este tipo de casco no es prohibido, simplemente, necesitamos usarlo correctamente.
En el artículo 5, uno respira y piensa que las cosas están muy bien, que vamos por la dirección correcta, cuando observamos que la Agencia Nacional de seguridad Vial, diseñará y divulgará las herramientas pedagógicas para informar a la comunidad de las disposiciones contenidas en la nueva resolución, en el segundo inciso del articulo estudiado, menciona que los organismos de transito capacitarán a todas las autoridades para verificar el cumplimiento de esta resolución.
Aquí tenemos muchas inquietudes, pensamos que llegaran estrategias pedagógicas novedosas, que se utilizaran nuevas tácticas para atraer a la ciudadanía al campo de lucha contra la violencia vial, yo confieso que esperaba una campaña tan atractiva y de alta recordación como la utilizada por el doctor muelitas de Colgate en los años ochenta y noventa, yo como buen cincuentón todavía recuerdo todo el componente de esa campaña, que nos enseñó a cepillarnos los dientes a millones de niños y niñas.
Rápidamente pasamos del estadio de Dionisos a los profundos campos del caos, el ministerio volvió a utilizar la vieja herramienta de las multas, si, las mismas que no nos han ayudado en nada a reducir los altos índices de siniestralidad y las que han agrietado la confianza de los ciudadanos en las autoridades y en la transparencia de su trabajo por salvar vidas de los siniestros viales.
Si ustedes observan el artículo 6, menciona que al conductor que no cumpla con lo dispuesto en la resolución se aplicará por parte de las autoridades lo dispuesto en el literal c. del articulo 131 de la ley 769 de 2002.
Más de lo mismo, precisamente lo que no ha dado resultado en la historia de la seguridad vial de Colombia.
Recuerde, la seguridad vial es compromiso de todos.
Estoy de acuerdo o lo relacionado al tema que hay que recurrir a nuevas estrategias que den resultados positivos que ayudé a regular ése alto indec de mortandad a causa de siniestros viales y yo pienso que el gobierno de ve tomar cartas en el asunto
Muy bien
Saludos al Dr Parra .Slo dos cosas para lectura … las cosas empezaron hacen más de dos décadas casi tres con la reglamentación del uso del casco y ya existían normas técnicas para su fabricación ; pero en un país sin innovación ni industria los cascos terminaron confeccionándose en garages y traspatios con el ojo cómplice de autoridades que se ufanaban de defender la malicia e iniciativa nacional .La otra, terminamos desconociendo que el peligro de la moto y la fragilidad de su conductor e igualmente por el mismo hilo defendiendo hasta los empleos q este aparato genera …