Fundado el 9 de febrero de 2020
LUIS FERNANDO CARDONA
Director Fundador

ActualidadNO HAY OTRO CAMINO. A ECHAR MANO DE LA PRESCRIPCIÓN.

NO HAY OTRO CAMINO. A ECHAR MANO DE LA PRESCRIPCIÓN.

Como no hay respuesta al clamor y petición de los pereiranos ante el aumento desmedido del impuesto predial a pagar por los propietarios de bienes inmuebles urbanos y rurales, resultado de la pésima gestión en la actualización catastral efectuada por el Área Metropolitana como Gestor Catastral y la Unidad Administrativa Especial de Catastro Bogotá como Operador Catastral, vigente, a partir del 1 de enero de 2022, los contribuyentes con deudas mayores a 5 años, deben solicitar a la administración municipal la prescripción de sus deudas y onerosos intereses por este impuesto. Es la mínima respuesta que debe darse a la estafa cometida.

A pesar de las numerosas quejas y reclamos ante el AMCO, la mayoría sin respuesta dentro de los términos de la ley, contra los resultados de la actualización catastral de Pereira en el 2021, donde se presentaron inobservancia de las disposiciones técnicas y los procedimientos legales, las cuales, el IGAC como autoridad reguladora en materia técnica, no las definió para este proceso, la administración municipal de Pereira y su Secretaría de Hacienda, nada han hecho hasta el presente, para buscar una corrección a este desfalco. Por un lado, se pudo suspender la aplicación de esta nueva actualización para el año 2022, o haber tramitado una reforma de las tasas del impuesto predial vigentes ante el Concejo, buscando mayor justicia y progresividad de las mismas, lo cual hoy no existe, no obstante, ser las más caras del país.

Recordemos que la nefasta actualización ejecutada por el AMCO, solo fue entregada a la Secretaria de Hacienda, para efectuar el cobro del impuesto predial 2022, el 20 de enero de ese año, violando los términos legales, pues para ser aplicada en esta vigencia, debió ser registrada a más tardar el 31 de diciembre de 2021, pues  la información de la actualización, conservación y difusión catastral solo entra en vigencia al momento de quedar en firme su inscripción o incorporación a las bases de datos oficiales, fundamental y esencialmente porque esta es la base gravable del impuesto predial.

Como el impuesto predial es territorial, se le aplican las normas contenidas en el estatuto tributario nacional, taxativamente el artículo 817, que dispone “La acción de cobro de las obligaciones fiscales, prescribe en el término de cinco (5) años, …”. La competencia para decretar la prescripción de la acción de cobro es de la Secretaría de Hacienda, y será “decretada de oficio o a petición de parte”.

En el impuesto predial, el contribuyente no presenta declaración tributaria, pues el municipio es quien liquida y expide la factura. Esto último es de vital importancia, pues al no requerir presentación de la declaración tributaria, no existen procedimientos como: Declaraciones de corrección, liquidaciones de revisión, liquidaciones de aforo, emplazamientos para declarar, sanción por no declarar, y requerimientos especiales. Al ser exigible a partir del 1 de enero de cada vigencia, es a partir de esta fecha, que debe contarse la prescripción. No se prorroga, a pesar de que la administración conceda un plazo para pagarlo, o el pago por cuotas. El término de prescripción no se puede ampliar mediante actos administrativos posteriores a la causación del impuesto.

Según información de Hacienda la cartera de impuesto predial a 31 de mayo pasado era de $501.389 millones de pesos. Esta corresponde al periodo 2000 al 2024, y como se puede solicitar prescripción de las deudas causadas a 1 de enero de 2019, el monto de esta deuda es de $167.138 millones, más intereses. Valor que alivia la pesada carga de varias decenas de miles de propietarios. Manos a la obra, diseñaremos modelos de derechos de petición que contengan la solicitud de prescripción y buscaremos la manera de asesorar a la gente en este procedimiento y defenderlos de la segura negación de aplicar esta norma.

No hay otro camino, la administración se endeuda para seguir dilapidando a manos llenas y sin control, y negándose a revisar y corregir los efectos de la estafa de la actualización catastral. La cartera de impuestos no deja de ser otra presa de los depredadores de las rentas públicas.

Qué horror!!!

2 COMENTARIOS

  1. Buen día, si se puede llamar buen día, con toda ésta CRISIS a Nivel nacional y Local. Bueno pero mí propósito es saludarlo Apreciado Doctor Carlos Alfredo Croswit Ferro y AGRADECERLE SU INFINITO AMOR APESAR DE EXPONER SU VIDA POR LOS QUÉ NO TIENEN VOZ. YO SOY TESTIGO Y DOY FÉ DE HONESTIDAD E INTACHABLE PULCRITUD DE SU VIDA. GRACIAS Y CUÍDESE MUCHO.

  2. Es una verdad de apuño que las administraciones de la ciudad de pereira se vienen enrriqueciendo en cada periodo de gobierno a expensas de las familias pereiranas. Lamentablemente, la legislación colombiana es parca con la corrupcion y este es un factor y una excusa para no pagar este impuesto, porque «pagar impuesto para que se lo roben?». Con gusto se pagan los impuestos donde es probada la inversión social y en infraestructura que le sirva a los ciudadanos a precios razonables…pero cuando se ve de lejos el robo que estan prerpetrando…las ganas de pagar esos impuestos se pierden….necesitamos honestidad y razonabilidad, por que tampoco que sea confiscatorio este impuesto.

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