Son muchas las ocasiones en que se ha hablado de la necesidad de entrar a establecer un sistema General de Justicia que dé un revolcón para sembrar instituciones versátiles y creíbles que hagan cierta la manida frase de ser “pronta y cumplida”. Los obstáculos son desgastantes con fuerte oposición por intereses creados, politizados, amañados que no dejan prosperar nuevos amaneceres. Sin embargo, su cuerpo operativo crece con desmesura y siempre será incompleto en cuanto a su ineficiencia y demora inconmensurable. Por ello la justicia es increíble por el desmedro. Los detractores están dentro y fuera del marco institucional. El “velo de la ignorancia”, al decir del filósofo estadunidense John Rawls, hay que despojarlo mediante los principios de libertad, de diferencia, de equidad y socialmente vinculado a la reparación. En la práctica se ahogan los enunciados determinantes, dejando nugatoria una reforma completa y esencial. Hasta se ha discutido y propuesto una constituyente con el solo propósito de su transformación (gobierno de López Michelsen) pero no alcanzó a llegar a valle fértil. Lo demás ha sido hecho en pequeños horizontes de temas concretos que no alteran intereses personales o clientelistas de sus detectores verdaderos, unos paños de agua tibia o, en el mejor de los casos, limitados en buen blindaje.
Este es el caso que en la actualidad tiene el pomposo nombre de “Reforma a la Justicia” para cuñar las ideas que rondan desde 1989 de impunidad, congestión, desarticulación de otros actores que hacen parte de la cadena, cuya ineficacia se refleja en la crisis carcelaria, el incumplimiento de penas, la desigualdad en la reclusión, todo regido en precariedades presupuestales, distracción en los apegos misionales, lejos del ciudadano, lo que abre una brecha mayor entre justicia y población que termina anclada en el descreimiento (de cada 10 personas, según el Dane, 9 no confían en la Justicia).
Lo que se discute ahora es para aliviar aspectos del Sistema Acusatorio acogido en reemplazo del denominado inquisitivo, con lo cual se busca reparar a las víctimas y sin complejidad en la indemnización por el daño delictual causado. El proyecto es concebido por la Corte Suprema, la Fiscalía, el Ministerio del ramo, y, el Congreso como poder propio, el cual ya lo aprobó en segundo debate. Afirman los intervinientes que es un contenido bien intencionado en la resolución de conflictos con la reparación de algunos delitos, lo cual concilia en tiempo razonable la efectividad para no quedar en impune.
En un reciente foro en Barranquilla se habló de la convergencia de mecanismos en acción tales como Justicia negociada o premial y la Restaurativa, a fin de lograr el equilibrio que hoy le hace falta al sistema de Acusación. En consecuencia, no se trata de sustituirlo después de 20 años de dudoso resultado, sino de mejorarlo frente a las víctimas de ciertos delitos, y que pasa, previa a la satisfacción, para que el victimario goce de subrogados y por añadidura se supere la congestión procedimental y la de detención.
En resumen, la prospectiva cuenta con 13 artículos y busca determinar el equilibrio y los objetivos del sistema acusatorio con decisiones judiciales oportunas mediante terminación anticipada, garantizando a las víctimas el debido arreglo y ejecución de justicia. En ese sentido la llamada “reparación integral” se agrega como causal para poder lograr el imputado la “extinción penal”. Es de repetir que la extirpación de la causa punitiva que puede ser remediable, es para algunos delitos y no para todo el espectro criminal.
En cuanto a la aplicación del principio de oportunidad, en la discusión se presenta una modificación para que la Fiscalía desde la indagación o juicio hasta antes de verificarse la audiencia, podrá suspender o renunciar a la indicación penal en cuanto a las normas respectivas así lo establezcan.
Una vez se defina en su trámite la suerte del articulado de esta reforma, que solo es parcial y no de la Justicia total, se manifestará en análisis su aprobación definitiva.