Por Alberto Zuluaga Trujillo
Complejos momentos los que estamos viviendo. El hacer parte de organismos internacionales conlleva el riesgo de enfrentamientos por normas contrarias en nuestra legislación jurídica. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la cual Colombia hace parte, es un órgano judicial autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), con sede en San José de Costa Rica, encargada de aplicar e interpretar la Convención Americana sobre dichos derechos. La Corte, en una sentencia que acaba de conocerse, condena al Estado Colombiano por la destitución que la Procuraduría General de la Nación, en cabeza de Alejandro Ordóñez, dictó el 9 de diciembre de 2013 en contra de Gustavo Petro como Alcalde de Bogotá.
La Corte consideró no ajustado al ordenamiento interamericano sobre Derechos Humanos que una autoridad administrativa pudiera inhabilitar y destituir políticamente a una persona elegida por voto popular, razón por la que consideró incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos. El fallo también obliga a Colombia a adecuar su ordenamiento interno de acuerdo a lo señalado en la sentencia. Es de anotar que en noviembre de 2017 el Consejo de Estado anuló la sanción impuesta por la Procuraduría e instó al Gobierno, al Congreso y a la misma Procuraduría a reformar las facultades disciplinarias de esta última entidad. Lo cierto es que la medida frena la lucha anticorrupción al establecer que un funcionario electo por voto popular solo puede ser removido por decisión judicial, en un país donde fallos de esta naturaleza se dan mucho después de que el funcionario investigado está ya por fuera de este. Actuaciones definitivas de la Procuraduría en reiterados casos de la parapolítica o en el escándalo del Carrusel de la Contratación fue lo que permitió a este ente disciplinario apartar del cargo al alcalde Samuel Moreno a quien la justicia posteriormente condenó, medida que a la luz de la interpretación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sería ilegal. Lo que hasta ahora había ocurrido era que ese organismo interamericano entendía que cada país, garantizando el debido proceso y el derecho a la defensa, podía sancionar a funcionarios elegidos, disciplinaria y fiscalmente. También el país conoció otro fallo la semana antepasada del Tribunal Administrativo de Cundinamarca declarando responsable a la Nación por las chuzadas del DAS a Petro y su familia, ocurridas entre 2002 a 2010 bajo la presidencia de Uribe, en el que abiertamente señala que hubo un concierto entre el DAS, la UIAF y la Presidencia de la República para perseguirlo. En el primer fallo se obliga a la Nación a pagarle a Petro 105 millones y en el segundo 530 millones de pesos. ¿Tiene esto alguna lógica? Bajo nuestro sistema, el funcionario roba sin compasión y luego, una vez es retirado por malos manejos, hay que acabarle de llenar los bolsillos con lo que no alcanzó a echarle mano. Según datos dados a conocer por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, las demandas contra la Nación totalizan más de 424 billones de pesos, suma que pretenden obtener los demandantes. Sin duda alguna, estamos a merced de los pillos.
Alberto Zuluaga Trujillo. alzutru45@hotmail.com