miércoles, febrero 4, 2026

LA PONCHERA EN EL “TARIMAZO”

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Este año se promulgó la Ley 2477 (Reforma a la Justicia), la cual modificó capítulos entre los que se encuentran: la reparación integral como extinción de la acción penal mediante indemnización en ciertos delitos; la ampliación del principio de oportunidad por colaboración eficaz; rebaja de penas mediante preacuerdos (incluyendo delitos graves, hasta en un 50 %); flexibilización en la práctica de pruebas anticipadas, en la protección de testigos amenazados; ajuste de los tiempos de privación de la libertad y garantía del derecho a un juicio sin dilaciones; modificación de la libertad condicional y exclusión de beneficios para delitos como extorsión, terrorismo y su financiación, salvo que haya colaboración eficaz. Estas reformas a los Códigos Penal y al de Procedimiento han sido consideradas por algunos como ambiciosos en “seguridad jurídica y eficiencia institucional”. Sin embargo, otros sectores han manifestado su preocupación, no solo por la reducción de penas, sino porque el problema es estructural y no coyuntural, lo que seguirá afectando a la población, generando sensación de indefensión, desconfianza y temor. Los promotores justificaron las nuevas normas argumentando la alta impunidad en casos en los que los delincuentes son capturados y luego liberados casi de inmediato. Es un fenómeno preocupante, con raíces estructurales de carácter jurídico, institucional y político. En efecto, las sobrecargas en los sistemas judicial y penitenciario son críticas: muchos jueces y fiscales enfrentan volúmenes excesivos, lo que dificulta actuar con la celeridad y rigurosidad necesarias, sumado a investigaciones deficientes por parte de la policía o la fiscalía, hacen que los procesos se caigan o no prosperen.

El sistema penal acusatorio colombiano está basado en principios garantistas, lo cual es positivo en una democracia. No obstante, en la práctica, estos principios son frecuentemente objeto de abuso (como la libertad por vencimiento de términos o la ausencia de flagrancia evidente), terminan beneficiando más a los delincuentes que a las víctimas o a la sociedad. En términos operativos es débil. El país no cuenta con una política criminal integral que articule prevención, judicialización efectiva y rehabilitación, lo que genera incoherencias entre el tipo de delito, la sanción impuesta y los niveles de reincidencia en delitos como el hurto. Ahora se avecinan los desafíos mayores: narcotráfico, terrorismo, extorsión y homicidio. La propuesta conocida como Ley de Sometimiento o “Paz Total” ofrece reducciones de penas (entre 5 y 8 años para capos, y de 2 a 5 años para otros miembros) a cambio del desarme, confesión, entrega de propiedades ilícitas, colaboración con la Justicia y reparación a las víctimas. Además, les permite conservar hasta el 12 % de los bienes, lo cual ha creado fuerte polémica al considerar que se “afianza la narcocracia”. El proyecto también se extiende a personas judicializadas, permitiéndoles acceder a simplificaciones de hasta el 70 % de sus penas, lo que es un premio a integrantes de la llamada “primera línea”. El Alto Comisionado para la Paz, Otty Patiño, descalificó la presentación por considerarla un despropósito moral y no contar con una discusión previa.

Una “política de justicia transicional” para organizaciones criminales robustas resulta altamente inconveniente desde el punto de vista de la proporcionalidad y la transparencia. Las rebajas de hasta el 60 % de las penas pueden sentar precedentes negativos y generar proliferación de la criminalidad. Cabe recordar que, para los delincuentes, existe en el horizonte jurídico-social la opción del sometimiento. Por otro lado, quienes ya se encuentran privados de la libertad pueden postularse individualmente a los beneficios de subrogados penales de acuerdo con los requisitos actuales de acceso y exclusión.

Los malpensados, que abundan, presumen que la iniciativa obedece al calendario electoral como parte de una estrategia proselitista y de captación de apoyos.  Jaime Cortés Díaz

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