Bogotá D. C., martes 10 de marzo de 2026
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al Representante a la Cámara Modesto Enrique Aguilera Vides por el delito de acto sexual violento.
El fallo impuso 102 meses de prisión y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo tiempo. La Sala negó beneficios como suspensión condicional y prisión domiciliaria, y ordenó librar la captura una vez quede en firme la sentencia.
Además, Aguilera Vides deberá pagar a la víctima una indemnización de 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por concepto de perjuicios morales, junto con las agencias en derecho.
Los hechos ocurrieron entre octubre y noviembre de 2020 en un hotel de Barranquilla, donde la víctima fue llevada a una supuesta reunión política. Allí, el congresista la agredió sexualmente sin consentimiento.
El testimonio de la joven, respaldado por pruebas de corroboración, resultó determinante. La Sala incorporó perspectiva de género en su análisis, en línea con la Constitución y las leyes 1257 de 2008 y 1719 de 2014, que protegen a las mujeres frente a la violencia y garantizan acceso a la justicia.
La Corte destacó la gravedad del comportamiento, señalando que el procesado instrumentalizó su condición de congresista para facilitar la agresión. El daño, según el fallo, trascendió la integridad sexual y afectó el proyecto de vida de la víctima y su familia.
Asimismo, se compulsaron copias a la Fiscalía para investigar a Jonathan Enrique Torregrosa Viana, primo de la víctima, quien la llevó al hotel y la dejó sola con Aguilera Vides. En el expediente figuran evidencias de posible manipulación en los registros de ingreso al establecimiento.
El fallo puede ser apelado ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.


