Preámbulo
- Donde hay poca justica es un peligro tener razón.
- Hecha la ley, hecha la trampa.
- La justicia sin ética es solo una máscara.
- Se es injusto cuando en situaciones similares se actúa de manera diferente o en situaciones diferentes se actúa de la misma manera.
- Cuando el brazo armado gubernamental no interviene en los temas de justicia, otros brazos armados si lo hacen.
Dando Inicio
La frase » El delito depende quién lo cometa » se relaciona con la percepción y el tratamiento recibido por la persona que comete dicho delito, teniendo presente desde la hipótesis, su posición social, su influencia, su riqueza y otros elementos diferenciadores con un peso específico importante que cambia la óptica de la infracción según quien la cometa, es decir, la justicia y la ley pueden ser aplicadas de manera desbalanceada, enfatizando las desigualdades y los sesgos propios del ejercicio, los cuales se han naturalizado en muchas sociedades, influyendo en la forma de juzgar y castigar dichas acciones, llevadas a cabo por personas o colectivos con poder, recibiendo un trato más favorable en comparación con una persona o colectivos sin recursos, poniéndose en tela de juicio la moralidad y la ética del sistema de justicia, con un punto de inicio, de desarrollo y de llegada denominado “la zona de la justicia gris”, generando confusión y dificultad en el momento emitir sentencias y veredictos por los matices presentes que enturbian el proceso .
¿A qué se deben este tipo de equivocaciones?
La presión generada en el ámbito económico, político, militar, además, de los grupos declarados delincuenciales, las mafias por encima y por debajo del radar de la legalidad, entre otras más, conducen a las autoridades a terrenos de difícil maniobrabilidad legal, distorsionando la estructura, además, erosiona y socava el debido proceso, el cual es la prenda de garantía para la credibilidad y transparencia de las decisiones tomadas. A continuación se mencionarán, haciendo hincapié que no son las únicas y seguramente harán falta muchas más desde la apreciación y conocimiento del lector, esas “lagunas fangosas y con mucha penumbra” en las cuales las autoridades pierden su capacidad de maniobra y que sirven al infractor para “salir mejor librado” gracias a las presiones que obligan al funcionario a actuar de manera constreñida (constreñida o constreñido significa obligado, forzado o limitado a hacer algo en contra de su voluntad, o restringido en su libertad o acción, como si estuviera apretado o coaccionado, refiriéndose a una imposición o limitación).
La presión externa tiene la capacidad de direccionar y encajar el delito en cualquiera de los conceptos a mencionarse, los cuales favorecen al infractor, poniendo en tela de juicio la actuación del funcionario y el sistema encargado de garantizar justicia, siendo los siguientes:
- Sesgo favorable : El sesgo es la tendencia o inclinación desproporcionada, a menudo injusta o inexacta, a favor o en contra de algo o alguien, distorsionando la objetividad, ya sea en la percepción humana (sesgo cognitivo) o en la metodología de investigación(error sistemático), manifestándose en prejuicio, favoritismo, error en el diseño o análisis de estudios que lleva a conclusiones erróneas. El peligro del sesgo en la justicia penal es enorme, ya que distorsiona las decisiones de todos los actores (policía, fiscales, jueces, jurados) llevando a resultados injustos , discriminatorios, acomodados y favorables a quien le convenga y con un agravante supremamente delicado, el cual es la afectación de la confianza pública, erosionando la credibilidad, la equidad, el sentido común y la lógica del sistema de justicia.

- Vacíos Legales : Un vacío legales una situación donde el ordenamiento jurídico no tiene una norma específica o clara para resolver un caso o conflicto, dejando un espacio sin regulación, lo que puede ocurrir por ausencia de ley, contradicción entre leyes o normas inaplicables y requiere que jueces o legisladores busquen soluciones a través de la integración del derecho, principios generales o creando una nueva legislación. Los vacíos legales son peligrosos porque no le permite al sistema legal obrar en derecho, generando incertidumbre y llevando al sistema al uso de herramientas como el derecho supletorio, la interpretación extensiva, la analogía o la consulta a otras fuentes del derecho, es una situación no ideal para el ejercicio de la justicia.
- Vencimiento de Términos: El vencimiento de términos es una figura jurídica en el derecho penal, especialmente en Colombia, que ocurre cuando el Estado no cumple con los plazos establecidos por la ley para avanzar en un proceso judicial contra una persona detenida, lo que puede resultar en la libertad inmediata del implicado, no por inocencia, sino como una sanción al sistema judicial por dilación, garantizando la celeridad y el debido proceso, y protegiendo al procesado de la prisión preventiva indefinida. El vencimiento de términos es peligroso porque, aunque es una garantía para evitar la detención arbitraria y abusiva, su mala aplicación o la inoperancia judicial puede llevar a la libertad de personas posiblemente culpables sin sentencia, generando una sensación de impunidad y desconfianza en la justicia, afectando el derecho de las víctimas y la seguridad ciudadana, ya que el Estado pierde temporalmente la facultad de perseguir penalmente si no hay una condena rápida.
- Relativización de las actuaciones : El relativismo es peligroso para la justicia penal porque socava la búsqueda de la verdad y la justicia objetiva, permitiendo que la moralidad y la ley se adapten a intereses personales o culturales, lo que lleva a la parálisis moral, la inseguridad jurídica (todo vale), la manipulación por parte de los operadores judiciales y el abandono de principios fundamentales como la presunción de inocencia, abriendo la puerta al derecho penal del enemigo y a la sanción sin certeza.
- Atenuante más no eximente en casos de corrupción o peculado : Un funcionario confiesa un delito pero no devuelve lo robado porque, legalmente, esto se considera una atenuante(una rebaja de pena por confesar) pero no una eximente y además puede ver la ventaja económica como un «beneficio» personal que, si bien no justifica el robo, puede ser usado para negociar una pena menor, especialmente si el delito es contra el patrimonio, donde el bien ya está perdido o difícil de recuperar pero el confesar y colaborar es clave para obtener beneficios sin anular el delito, aunque puede ser parte de una estrategia de negociación para minimizar el castigo en delitos relacionados con corrupción o peculado, asumiendo “la condena y la pérdida del recurso o dinero”. Cabe anotar lo siguiente: “El dinero jamás se pierde, simplemente cambia de manos “.
Colofón
Este escrito pretende encender las alarmas y hacer eco en aras de llevar a cabo reformas al sistema judicial para “no caer” en lo previamente mencionado, en aras de ser más transparente y justo, neutralizando en la medida de las posibilidades las presiones que enlodan el actuar del sistema legal de cualquier país.
Mención para el lector
Este texto no pretende ser un producto acabado o el final del camino. Es una invitación a la reflexión y al debate para la construcción colectiva, ya que en “El Opinadero” cada lector es también un autor.
El Opinadero “pregunta:
- ¿Qué otras figuras grises hicieron falta mencionarse en este escrito?



Buen día Doña Consuelo. Muchas gracias por el comentario y de eso se trata de aportarle al lector ciertas apreciaciones.
Feliz día Doña Consuelo.
Buenos días. Muchas gracias Doña Consuelo por su opinión y de eso se trata de aportarle al lector.
Feliz día.
Muchas gracias Isdaen, usted como siempre nos da una clase magistral sobre un tema tan importante, su lectura ha sido un buen aprendizaje.