Fundado el 9 de febrero de 2020
LUIS FERNANDO CARDONA
Director Fundador

ActualidadLOBOS DETRÁS DEL ALUMBRADO PÚBLICO (IV)  

LOBOS DETRÁS DEL ALUMBRADO PÚBLICO (IV)  

 

“El lobo y las siete cabritas» es un cuento clásico de los Hermanos Grimm que enseña una lección sobre la astucia y la precaución.

Es la historia de una cabra que advierte a sus siete cabritas que no abran la puerta a nadie mientras ella está fuera, especialmente al lobo, que es peligroso y astuto. Sin embargo, el lobo logra engañarlas disfrazando su voz y ocultando sus patas negras con harina para parecer más inofensivo. Cuando las cabritas le abren la puerta, el lobo las atrapa y se las come a todas, excepto a la más pequeña.

Esa fábula, de manera figurada, habla de una situación y unos riesgos que ahora atravesamos en Pereira por desoír las advertencias que desde la Corporación VIGÍA Cívica hemos hecho sobre el peligro que implica la concesión del alumbrado público de la ciudad.

En VIGÍA Cívica hemos recibido invitaciones de otras entidades cívicas y de grupos políticos para colaborar en el análisis del proyecto de pliegos de la licitación SMI-LP-43-2025, para la “Concesión para la prestación integral del servicio público no domiciliario de alumbrado público incluyendo la administración, operación, mantenimiento, modernización, expansión, desarrollos tecnológicos”. Estamos dispuestos para la tarea, así sea juntándonos en un solo grupo, o en grupos individuales, pues, como a todos ellos, nos impulsa el propósito de que, de esta aventura contractual, que no pudimos evitar, se obtengan los mejores beneficios para la ciudad.

Sin embargo, queremos dejar asentado que, como ciudadanía debimos haber hecho la fuerza conjuntamente, antes de que, en mala hora, el Concejo Municipal de Pereira hubiera autorizado concesionar el servicio, ignorando el contenido del estudio de GENSA, al que se viene refiriendo el alcalde de Pereira, Mauricio Salazar. Estudio sobre el que conviene señalar, que no es cierto que recomiende la concesión como mejor posibilidad para la prestación del servicio. Esa recomendación no aparece en ninguna de las 244 páginas del documento que tenemos a la vista.

Sólo habla de la concesión como un mecanismo por medio del cual el municipio transfiere a un particular la administración, operación, gestión y explotación del servicio público, pero, antes señala tres formas en las que el municipio puede prestar el servicio por sus propios medios y cuatro posibilidades de hacerlo a través de personas jurídicas de derecho público, propiedad de otras entidades, entre las que, en Colombia, existen varias de muy destacadas trayectorias.

Ahora, abierta la licitación para contratar un concesionario, aunque pongamos las mayores barreras en las exigencias que contengan los pliegos, el riesgo de que alguno de los contratistas que consideramos indeseable se quede con la concesión es enorme, pues en sus conglomerados tienen empresas concesionarias, operadoras o administradoras de servicios de alumbrado público en municipios de todos los tamaños y pueden formar consorcios con experiencias y condiciones financieras y técnicas del tamaño y forma que lo exijan los pliegos de la contratación que tengan en la mira.

Para nosotros son indeseables los empresarios denunciados por la Representante a la Cámara por Risaralda Carolina Giraldo, por vínculos con el Clan del Golfo y negocios en 16 departamentos del país donde, junto con otros socios, tendrían manejo o participación en empresas prestadoras del alumbrado público.

E incluyendo a las empresas del ‘Clan Merlano’, a las de los hermanos Daes, a las firmas de los señores Hilsaca, y a las de Euclides Torres; todos ellos empresarios del alumbrado público en muchas ciudades y poblaciones medianas y pequeñas del país y con un complicado historial de conflictos y quejas sobre la calidad de su servicio, incumplimientos contractuales y detrimentos, en los municipios con los que han tenido o tienen contratos.

 

 

 

1 COMENTARIO

  1. Si no aparece en el estudio la figura de la concesión, se estaría cometiendo un grave error y por ende hay una posible demanda a los concejales que votaron positivo este proyecto, como también los funcionarios de la alcaldía involucrados. Una pregunta conceptual, si se contrata un estudio para conocer cuál es el mejor camino a seguir y no se acatan los resultados de este estudio, para qué se contrata? Además, ?Es obligatorio el cumplimiento de las conclusiones finales de el estudio? Todos estos errores deben ser objeto de investigaciones serias de los entes de control, y de suspender el proceso licitatorio.

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