Fundado el 9 de febrero de 2020
LUIS FERNANDO CARDONA
Director Fundador

ActualidadAlcalde: qué bueno Un Tik Tok a este abuso.

Alcalde: qué bueno Un Tik Tok a este abuso.

Nuestra legislación establece que, para adelantar, entre otras obras de construcción, ampliación, adecuación y/o reforzamiento estructural de edificaciones, se requiere obtener la respectiva licencia urbanística. La licencia es un acto administrativo de carácter particular expedido por un curador urbano o autoridad municipal, e implica entre otros derechos y deberes, el estricto cumplimiento de las normas urbanísticas y sismo resistentes y demás reglamentaciones en que se fundamenta, y conlleva la autorización específica sobre uso y aprovechamiento del suelo. Además, obliga el pago de expensas a las curadurías, y cumplir con las disposiciones de áreas de cesión y cancelación de los respectivos impuestos municipales.

En Colombia no existe control efectivo para el cumplimiento de esta obligación, o sea que las construcciones obtengan la licencia respectiva. Mucho menos se ejerce vigilancia técnica y oportuna en los procesos constructivos. Más del 60% de las construcciones que se ejecutan no tienen licencia, por consiguiente, no se garantiza el cumplimiento de normas técnicas y de calidad, que sean dirigidas por ingeniero o arquitecto competente y que cancelen impuestos. El municipio no puede certificar que estas edificaciones, construidas en total informalidad, al ser vendidas o arrendadas, sus ocupantes tengan garantía de conservar su vida y sus bienes. La mayoría desconocen qué tan seguros están al momento de la ocurrencia de un sismo.

Solo firmas constructoras e inversionistas responsables obtienen y pagan la licencia cumpliendo todas las obligaciones, hasta la terminación y entrega de las edificaciones. Hay otros que la adquieren ante el hecho de quedar expuestos, pues las edificaciones están localizadas en áreas con gran presencia de autoridades y ciudadanos. Para dar la apariencia de legalidad, tramitan licencia en la modalidad de reforzamiento estructural, que no implica el pago de impuestos. Se utiliza para intervenir o reforzar la estructura de un inmueble con el objeto de cumplir normas de sismo resistencia de acuerdo con los requisitos de la Ley 400 de 1997. Esta modalidad no paga los impuestos de delineación urbana, plusvalía, y deberes urbanísticos.

Son innumerables los casos que se presentan en Pereira. El más reciente: en la carrera 8 calles 16 y 17, en pleno corazón comercial de la Perla del Otún, se adelanta una grandiosa construcción, en un inmueble demolido. Obtuvo licencia en la Curaduría Urbana No 1 de reforzamiento, la que no corresponde, pues es obra nueva, y debió tramitarse esta modalidad. Según esta licencia, el lote tiene un área de 822 M2 y construcción en dos pisos con área total de 1584 M2, debió cancelar al municipio los siguientes impuestos: delineación urbana $26.441 por M2 construido, para un total de $42 millones; deberes urbanísticos 8% del valor de venta, asumimos costo de $6 millones/M2, para un valor de $760 millones. Con esta “jugadita” se dejaron de pagar al menos $800 millones de impuestos, mientras miles de pereiranos pasan afugias y se endeudan para pagar su impuesto predial y evitar intereses de usura.

Estamos llenos de grandes edificaciones que han hecho uso de esta marrullería, tolerados por autoridades, profesionales que tramitan licencia a sabiendas de que están haciendo una estafa, funcionarios de curadurías que guardan silencio, se escudan en que no ejercen vigilancia, y una contraloría paquidérmica y cómplice de la corrupción. Se le suma a lo anterior una oficina de Control Físico desmantelada, sin funcionarios suficientes, mal remunerados, mendigando un contrato y con inspecciones de policía politizadas e incompetentes. Todo se construye de manera informal, no se generan empleos de calidad y no sabemos qué nos traerá un sismo de gran magnitud. Ahora que el alcalde está dedicado a hacer videos de ratas y cucarachas en restaurantes y ventas ambulantes, lo invitamos a que haga un video para TIK TOK a esta obra violatoria de la ley.                   

 

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