Por ALBERTO ZULUAGA TRUJILLO
Con las firmas del Presidente de la República, su Ministro de Hacienda, el de Justicia y la del Director del Departamento de la Función Pública, se expidió el decreto No 272 del 11 de marzo de 2021, por el cual se establece una prima especial la que tiene sustento legal en el artículo 14 de la Ley 4 de 1992, modificada por el artículo 1 de la Ley 332 de 1996 y aclarada por el artículo 1 de la Ley 476 de1998. La norma indica que la prima será pagada mensualmente, adicional a la asignación básica correspondiente a cada empleo, equivalente al 30 por ciento del salario básico, constituyéndose únicamente en factor salarial para el ingreso base de conformación del Sistema General de Pensiones y del Sistema General se Seguridad Social en Salud. Tendrán derecho los magistrados auxiliares, magistrados de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial y Contencioso Administrativo, magistrados de los Consejos Seccionales de la Judicatura, agentes del Ministerio Público, delegados ante la Rama Judicial, jueces de la República, magistrados y Fiscales del Tribunal Superior Militar, auditores de Guerra, jueces de Instrucción Penal Militar, fiscales Auxiliares ante la Corte Suprema de Justicia, fiscales Delegados ante Tribunal de Distrito, ante jueces Penales de Circuito Especializados, ante jueces del Circuito y ante jueces Municipales y Promiscuos, exteriorizando el Gobierno su complacencia por cumplirle a la Rama Judicial. Independiente del hecho de ser mandato de vieja ley preguntamos: ¿Y acaso el ordenamiento jurídico que nos rige no reza que el trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la total protección del Estado? ¿Y a renglón seguido no se lee que toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas? No estamos responsabilizando al Gobierno del alto desempleo existente. La tragedia que vivimos por la pandemia nos ha agravado todos los males que padecemos, siendo el desempleo uno de nuestros mayores. ¿Era este el momento para entrar a reconocer una prima retroactiva al primero de enero, que si bien estaba ordenada por una ley desde 1992 llevaba aguardando 29 años? A Dios gracias estos funcionarios, con lo que venían devengando, podían satisfacer las necesidades en sus hogares. ¿Cuántos compatriotas no alcanzan a tener los mil ochocientos pesos diarios que Minhacienda dice cuesta una docena de huevos para comprarlos y poder alimentar a sus familias? Exactamente sucedió con el reajuste a los congresistas. Como si no les alcanzara los 32 millones que devengaban, Duque les reajustó el sueldo en un 5.12 por ciento para meterles al bolsillo 34 millones y medio. ¿Que tenía que hacerlo porque era mandato legal? Y los anteriores Presidentes, ¿por qué no lo hicieron? ¿Algo les pasó? Menos obligado estaba el actual mandatario a un reajuste de esa magnitud, frente al 3.5 por ciento del salario mínimo y el 1.61 para los pensionados, que días antes había decretado su Gobierno. ¿Qué motivaciones lo mueven a actuar de semejante manera de espaldas al pueblo con el que se comprometió en campaña a subirle los salarios y bajarle los impuestos? Tan equivocadas decisiones está llevando a la gente a subirse al bus de Petro, en su inmensa mayoría, cansada de tanta mentira y descarado engaño. La Reforma Tributaria es el camino seguro y corto para llegar a Venezuela. Dios quiera me equivoque.
Alberto Zuluaga Trujillo alzutru45@hotmail.com