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La salud mental como un derecho humano

Por: Elsa Gladys Cifuentes Aranzazu

A raíz de la convocatoria a reunión extraordinaria del Consejo de Política Social del departamento realizada el día 10 de abril de 2019 con el objetivo de abordar la problemática asociada a la conducta suicida, de la cual durante el primer trimestre del año pasado se registraron por parte de las familias, autoridades y medios de comunicación varios casos que lamentablemente afectaron de manera particular a la población de adolescentes, la Defensoría Regional de Risaralda en su condición de organismo del Ministerio Público a nivel departamental, tomó la decisión de iniciar de manera oficiosa las actuaciones encaminadas a incidir en la búsqueda de soluciones que desde el punto de vista de lo público, y por ende de las políticas públicas, fueran más allá de la fase de intervención en crisis que por parte de las autoridades administrativas se llevó a cabo por esos días.

Lo anterior, estuvo motivado al considerar esta Regional de la Defensoría del Pueblo que la situación antes descrita en últimas se constituye, no solo en un problema individualmente considerado, o de salud pública, sino en una potencial y real amenaza para el respeto, garantía, protección y defensa de los Derechos Humanos de los niños, niñas, los adolescentes, y los jóvenes Risaraldenses, ante lo cual el Estado en este caso representado por el Departamento de Risaralda, debía entrar a cumplir con sus obligaciones de respetar, proteger, garantizar y promover precisamente los derechos humanos.

Aquí, vale la pena recordar a nuestros lectores que tal y como lo define la Procuraduría General de la Nación en el texto “Metodología para la actuación preventiva en las diferentes etapas del ciclo de las políticas públicas” (2011) las políticas públicas pueden ser entendidas como una construcción social donde el Gobierno desempeña un papel fundamental, orientando el comportamiento de los actores mediante un conjunto de sucesivas acciones intencionales que tienen como propósito hacer frente a situaciones consideradas socialmente como relevantes, tal y como es el caso de las inherentes a las afectaciones en la Salud Mental.

En el Artículo 3° de la Ley 1616 de 2013 – Ley de Salud Mental, se define a esta última como “…un estado dinámico que se expresa en la vida cotidiana a través del comportamiento y la interacción de manera tal que permite a los sujetos individuales y colectivos desplegar sus recursos emocionales, cognitivos y mentales para transitar por la vida cotidiana, para trabajar, para establecer relaciones significativas y para contribuir a la comunidad.”, añade además que “…La Salud Mental es de interés y prioridad nacional para la República de Colombia, es un derecho fundamental, es tema prioritario de salud pública, es un bien de interés público y es componente esencial del bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de colombianos y colombianas.”

En cuanto a las afectaciones en la Salud Mental, el anexo técnico de la Política Nacional de Salud Mental, las agrupa en las siguientes: i) Problemas y trastornos mentales (mencionando que de acuerdo con el Atlas Mundial de Salud Mental los trastornos mentales más prevalentes en el mundo son la depresión unipolar, trastorno bipolar, esquizofrenia, epilepsia, consumo problemático de alcohol y otras sustancias psicoactivas, Alzheimer y otras demencias, trastornos por estrés postraumático, trastorno obsesivo compulsivo, trastorno de pánico e insomnio primario; ii) Conducta suicida; iii) Consumo de sustancias psicoactivas; iv) Violencias y convivencia social; y v) Epilepsia.

Para el tema que nos ocupa, la Ley 1751 de 2015, estatutaria de salud, en su Artículo 9° establece la obligación del Estado en la afectación de los determinantes sociales de la salud a través de la adopción de políticas públicas dirigidas a lograr la reducción de las desigualdades de los determinantes sociales de la salud (entendidos como aquellos factores que determinan la aparición de la enfermedad, tales como los sociales, económicos, culturales, nutricionales, ambientales, ocupacionales, habitacionales, de educación y de acceso a los servicios públicos) que incidan en el goce efectivo del derecho a la salud, promover el mejoramiento de la salud, prevenir la enfermedad y elevar el nivel de la calidad de vida.

Así, en la Defensoría Regional de Risaralda, con el fin de contribuir a reforzar las estrategias existentes para la prevención del suicidio, e incidir en que las autoridades continuaran actuando de manera proactiva, más no reactiva frente a dicha problemática, nos trazamos como objetivos de actuación defensoríal en la materia, los siguientes:

  1. Generar e incorporar a los instrumentos de planeación existentes en el Consejo de Política Social, los lineamientos técnicos contenidos en la Política Nacional de Salud Mental, adoptada por la Resolución No. 0004886, del 07 de noviembre de 2018, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social,
  2. Dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 8.5.3 del Anexo Técnico de la Resolución No. 0004886 de 2018, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, en cuanto a que como prioridad para la implementación de dicha política se debe considerar sujetos de especial protección como los niños, niñas y adolescentes, partiendo de la base que esta política se constituye en una solución de estructural, de fondo e integral, entre otras, para la problemática asociada a la conducta suicida, e
  3. Integrar las acciones y gestiones interinstitucionales lideradas desde el 29 de marzo de 2019 por las Secretarías Departamental de Salud, y Municipal de Salud y Seguridad Social de Pereira con ocasión de la reunión extraordinaria entre autoridades realizada en esa misma fecha en la Secretaría de Salud Departamental, y de la cual surgió además la instalación de una Mesa de Crisis.

Y es que la invitación que hace este artículo es a que la Salud Mental sea abordada en su dimensión más integral como un derecho humano individual, familiar y colectivo.

En efecto, en la dimensión de “Convivencia Social y Salud Mental” del Plan Decenal de Salud Pública, Colombia 2012 -2021, se considera que:

• La salud mental es un estado dinámico que se expresa en la vida cotidiana a través del comportamiento y la interacción, de manera tal que permite a los sujetos individuales y colectivos desplegar sus recursos emocionales, cognitivos y mentales para transitar por la vida cotidiana, trabajar, establecer relaciones significativas y contribuir a la comunidad (Ley 1616 de 2013).

• La convivencia es entendida como el desarrollo y sostenimiento de relaciones interpersonales basadas en el respeto, la equidad, la solidaridad, el sentido de pertenencia, el reconocimiento de la diferencia, la participación para la construcción de acuerdos y el ejercicio de los derechos humanos para el logro del bien común, el desarrollo humano y social.

• En concordancia, el componente “Promoción de la salud mental y la convivencia” se define como el conjunto de políticas públicas, estrategias y acciones intersectoriales y comunitarias orientadas a proveer oportunidades que permitan el despliegue óptimo de recursos individuales y colectivos para el disfrute de la vida cotidiana, estableciendo relaciones interpersonales basadas en el respeto, la solidaridad y el ejercicio de los derechos humanos para el logro del bien común y el desarrollo humano y social.

• Este componente contempla el desarrollo de estrategias para la promoción de la salud mental, sus factores protectores y la generación de entornos familiares, educativos, comunitarios y laborales favorables para la convivencia social.

Sumado a lo anterior, debe partirse de la base que a prevención del suicidio se enmarca además en la garantía de los derechos a la vida, a la integridad personal y a la salud, consagrados en instrumentos internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y el Protocolo sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (Protocolo de San Salvador) que reconoce que “toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social”.

Cuando el desarrollo humano y social se basa en el ejercicio de los derechos humanos, se guarda además una estrecha relación con la Salud Mental, toda vez que dichos problemas afectan la esperanza de vida, los años de instrucción esperados y el Ingreso Nacional Bruto per cápita, siendo a su vez causa y consecuencia de la pobreza; por otra parte, las personas con trastornos mentales deben enfrentar numerosas barreras para el acceso a la educación, a las oportunidades de empleo y otras fuentes de generación de ingresos, debido a la estigmatización, discriminación y marginación que históricamente han vivido (SARMIENTO SUÁREZ MJ. Salud Mental y Desarrollo. ISSN: 0120-5498. Med. 39 (3) Sep: 246-254. Julio-septiembre 2017).

Siendo consecuentes y coherentes con lo antes argumentado, la Defensoría Regional de Risaralda, por medio de sendas comunicaciones defensoriales escritas dirigidas tanto al señor Gobernador de Risaralda, como a la Secretaría de Salud Departamental, y por medio de nuestra participación en las sesiones ordinarias y extraordinarias en el Consejo de Política Social del Departamento, de forma proactiva, pero sobre todo incidiendo en la generación de acciones y respuestas institucionales al escenario de riesgo y amenaza para la efectividad de los derechos humanos relacionados con la Salud Mental, con satisfacción hemos verificado que mediante la Resolución No. 002737 del 27 de diciembre de 2019, la Secretaria de Salud del Departamento de Risaralda en uso de las facultades que le otorga la Ley 715 de 2001 y en especial las delegadas por el Gobernador de Risaralda, se dictaron directrices para la adopción de la Política Nacional de Salud Mental en el Departamento, así como se dispuso la creación del Consejo Departamental de Salud Mental encargado de dinamizar la implementación de dicha política en el territorio departamental, significando además con ello que Risaralda sea uno de los departamentos que en el ámbito nacional ha dado cumplimiento al Plan Decenal de Salud Pública en cuanto a la meta del componente de Promoción de la convivencia social y de la Salud Mental, la de que “a 2021 el 100% de Departamentos y municipios del país adopten y adapten la Política Nacional de Salud Mental acorde a los lineamientos del Ministerio de Salud y Protección Social”.

Para conocimiento de todos, les contamos que la Política Nacional de Salud Mental está basada en cinco componentes:

a) Promoción de la convivencia y la salud mental en los entornos, a través del cual se promoverán estilos de vida saludables, el cuidado de los niños y las niñas, y el fortalecimiento de los vínculos sociales; componente que también busca apoyar el programa “Sacúdete”, del Gobierno Nacional, para promover entre los adolescentes y jóvenes modos, condiciones y estilos de vida saludable, la salud mental, la prevención de problemas, trastornos mentales y el consumo de alcohol y otras sustancias psicoactivas.

b) Prevención de los problemas y trastornos mentales, la epilepsia y las violencias interpersonales, por medio del cual se fortalecerán los espacios y las organizaciones comunitarias para promover la detección temprana de riesgos de violencias, problemas y trastornos mentales, riesgo de suicidio, consumo de sustancias psicoactivas y epilepsia, así como los primeros auxilios psicológicos e intervención en crisis.

c) Atención integral e integrada, a través de la cual el sector salud desarrollará redes integrales, con enfoque de atención primaria y adecuación intercultural que integre servicios de baja complejidad, servicios especializados y unidades funcionales.

d) Rehabilitación basada en comunidad e inclusión social, para mejorar los procesos de identificación de personas con trastornos mentales en los entornos, su canalización a servicios de salud y el posterior seguimiento con la familia y la comunidad.

e) Gestión, articulación y coordinación sectorial e intersectorial, para continuar el desarrollo de capacidades del talento humano del sector salud.

Los problemas de Salud Mental, la falta de atención en este aspecto y la soledad en la que se ven sumidas muchas personas, sin importar la edad, ni la condición social o económica, son el escenario perfecto para que las ideas suicidas y de atentar contra la integridad encuentren eco.

Es por ello que desde la Defensoría Regional de Risaralda, nos proponemos a continuar atentos, propositivos y vigilantes durante la vigencia 2020 para que se efectivice el funcionamiento, organización, implementación y seguimiento del Consejo Departamental de Salud Mental, pues creemos que el verdadero reto en el marco de los principios de la solidaridad social y de la corresponsabilidad lo tenemos todas las autoridades, las familias y la sociedad en general, para trabajar en recuperar el valor de la vida.

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