El discurso del flamante presidente de Colombia permite vislumbrar con claridad cuál será el accionar de su gobierno, quiénes serán los beneficiados y, sobre todo, quiénes constituirán la inmensa mayoría de damnificados por las medidas recesivas que tome en los distintos ámbitos.
Así, mediante una posesión sin pueblo, rodeado de personajes tanto polémicos como controversiales para la vida nacional, los recientes anuncios del mandatario, cuya legitimidad política ha sido objeto de cuestionamientos, permiten advertir en la práctica un retorno a determinadas formas de gobierno anteriores a 2022, a expensas del bienestar económico, de las políticas de justicia social instaladas durante el período precedente y de derechos cuya vigencia se encuentra constitucionalmente reconocida.
De esta manera, con la anuencia de una clase dirigente continuista que hace oídos sordos a los cuestionamientos y denuncias formulados alrededor del proceso electoral para recuperar sus privilegios, vuelven a aproximarse el gobierno y el poder real. Ello, por supuesto, sin reparar suficientemente en el grave daño institucional que semejante orientación podría dejar como secuela a futuro, retrocediendo hacia un estilo arbitrario de gobernar que se suponía concluido tras la reacción popular frente a las medidas adoptadas por el exministro Alberto Carrasquilla en la administración de Iván Duque.
Lo que sigue al desprestigio de Gustavo Petro, a la discusión sobre los logros y límites de su gobierno, al cuestionamiento de sus políticas y al ataque a la democracia y al derecho mínimo de los colombianos a elegir legítimamente a sus gobernantes, será la necesaria estigmatización del contradictor político, particularmente de aquel que conozca y advierta el derrotero hacia el fracaso en ciernes.
El revanchismo y la retaliación de los sectores más radicales de la derecha no conocen límites. Para hacer efectivo el reacomodamiento a los intereses de las minorías, al desconocer cualquier forma de sostenimiento ajena a la de vivir a expensas del producto de la mayoría, implicará, llegado el caso, la destrucción violenta de la equidad, para readaptar a la ciudadanía a convivir en una sociedad profundamente desigual.
La imagen de un gobernante “firme por la Patria”, tomando decisiones inapelables de hecho, servirá a la imposición de una democracia reducida a la formalidad electoral, carente de participación popular efectiva, donde el autoritarismo tácitamente consensuado de las élites políticas apelará a la suma de los medios a su alcance para neutralizar la conciencia y el ejercicio del derecho a vivir con dignidad.
Indicios
No en vano, uno de los primeros anuncios de De la Espriella fue el de retirar el impuesto patrimonial a las grandes fortunas, una decisión que beneficiaría principalmente a los sectores de mayor capacidad económica y reduciría uno de los instrumentos mediante los cuales el Estado procura que quienes poseen mayores patrimonios contribuyan proporcionalmente al sostenimiento de las cargas públicas. La discusión no es menor: mientras una parte reducida de la población concentra una proporción significativa de la riqueza, cualquier modificación de la tributación sobre los grandes patrimonios tiene consecuencias sobre la progresividad del sistema y sobre la capacidad redistributiva del Estado. ¡Como si quienes apenas ganan para sobrevivir pudieran asumir una carga semejante a la de aquellos que se lucran con miles de millones, acumulando riqueza en un país donde millones de personas continúan dependiendo de sus ingresos laborales para subsistir!
Pero lo más llamativo resultó cuando el primer mandatario llamó a recuperar elementos de la Regeneración asociada a Rafael Núñez, proceso político que alcanzó su consolidación institucional después de la guerra civil de 1885 y tuvo en la Constitución de 1886 su expresión fundamental. El señalamiento, más que una simple referencia histórica, representa toda una confesión política si se considera que aquella transformación significó el abandono del modelo federal de la Constitución de Rionegro y la instauración de un Estado de carácter centralista, con un Poder Ejecutivo fortalecido y una relación particularmente estrecha entre el Estado y la Iglesia católica.
La práctica de aquel modelo político e institucional representó una profunda transformación de la organización del Estado colombiano. La Regeneración surgió como respuesta al liberalismo radical y al federalismo predominantes durante buena parte de las décadas anteriores y buscó restablecer el orden mediante una mayor concentración de competencias en el poder central. Sin embargo, junto con esa centralización también se produjeron restricciones al pluralismo político y a determinados espacios de oposición, elementos que permiten comprender por qué la Regeneración continúa siendo objeto de controversia en la historiografía colombiana.
Hoy, con diferencias sustanciales derivadas del contexto constitucional, político, económico y social, pero también con semejanzas que merecen ser observadas, como la reivindicación de un Ejecutivo fuerte, la apelación permanente al orden y la pretensión de modificar las relaciones existentes entre el poder central y las demás instituciones, cualquier intento de recuperar elementos de aquel modelo debería ser examinado con especial atención. No se trata de afirmar que la Colombia contemporánea pueda reproducir mecánicamente la Colombia de finales del siglo XIX; se trata de advertir que determinadas concepciones acerca del ejercicio del poder pueden reaparecer bajo circunstancias históricas diferentes.
Dejando de lado el deliberado intento de impedir a las mayorías participar en la toma de las grandes decisiones nacionales, reduciéndolas a grupos aislados de oligarcas, terratenientes o empresarios, una política de esa naturaleza estaría diseñada para atacar de plano cualquier indicio de autonomía que pudiera contradecirla. La estabilidad, la abundancia, el progreso o el desarrollo de Colombia no deberían concebirse como beneficios reservados a quienes poseen mayor capacidad económica, sino como objetivos vinculados al bienestar general de sus ciudadanos. Cuando el crecimiento se concentra y sus beneficios no alcanzan de manera equitativa a la mayoría, se profundizan las relaciones de dependencia que permiten a determinados sectores acaparar recursos, influencia y capacidad de decisión en su propio provecho, empezando por la vida humana.
En el pasado, entre otros factores de decadencia, la crisis del orden político colombiano desembocó en sucesivas guerras civiles, conflictos que respondieron a múltiples causas: las disputas entre federalismo y centralismo, las confrontaciones entre liberales y conservadores, las relaciones entre Iglesia y Estado, el control de las instituciones y las profundas tensiones económicas y sociales existentes. La consolidación de la Regeneración estuvo directamente relacionada con la guerra civil de 1885 y con la posterior transformación constitucional. Décadas más tarde, la acumulación de conflictos políticos y económicos contribuiría, junto con otros factores internos y externos, a la Guerra de los Mil Días y al debilitamiento que precedió a la separación de Panamá.
Si semejante acumulación de conflictos produjo daños tan profundos al país y dejó consecuencias cuyas repercusiones alcanzaron buena parte del siglo XX, cabe preguntarse cuántos males volvería a suscitar en el presente la recuperación de prácticas políticas caracterizadas por una concentración excesiva del poder, una reducción del pluralismo o una subordinación de los intereses colectivos a los privilegios de unos pocos.
El máximo resultado institucional de la Regeneración fue la sanción de la Constitución de 1886, que marcó la vida política y jurídica de la Nación durante más de un siglo, hasta la promulgación de la Constitución de 1991. La Carta de 1886 sustituyó el federalismo por un modelo centralista, fortaleció las atribuciones del Ejecutivo y estableció una relación privilegiada entre el Estado y la Iglesia católica. La Constitución de 1991, en cambio, introdujo el concepto de Estado social de derecho, amplió el catálogo de derechos fundamentales, fortaleció los mecanismos de participación ciudadana y reconoció principios como el pluralismo y la diversidad. ¿Quién en sus cabales, aunque haya votado este gobierno, puede desear revivir una época signada por la obsecuencia, las ambiciones, los constantes abusos y la expoliación del pueblo colombiano?
Sumisión total
Desde el improvisado púlpito presidencial, mientras una multitud se concentraba en la capital caleña en un acto de Desobediencia Civil, De la Espriella dejó planteada una decisión que, de concretarse, afectaría uno de los mayores logros del anterior gobierno popular: la libertad de cátedra, de opinión, la conciencia social, la conciencia de clase y, por ende, los derechos humanos.
El atentado no es al azar. Se trata de uno de los últimos bastiones donde se forman los grandes líderes, surgen las ideas y se proyecta el futuro, como lo es la educación. Allí se construyen buena parte de las herramientas intelectuales con las cuales una sociedad puede cuestionar al poder, discutir sus decisiones y formular alternativas. Precisamente por eso, cualquier intento de subordinar la educación pública a intereses políticos, económicos o ideológicos constituye una amenaza para la autonomía de quienes la integran. Y cuando pensar es un peligro para los poderosos, son conocidos de sobra los pretextos cuando la intención es reprimir.
En ese escenario, donde las autoridades de determinados claustros universitarios llaman a Álvaro Uribe Vélez a disertar o distinguen a dirigentes controvertidos de la derecha internacional, como el argentino Javier Milei, existen, sin embargo, docentes forjados en la lucha por las distintas reivindicaciones sociales, formando alumnos desde la perspectiva de no dejarse robar el país como lo hicieron sus padres o abuelos. La universidad, precisamente por su carácter plural, debería ser el lugar donde puedan confrontarse ideas contrapuestas sin que ninguna corriente política pretenda convertirla en territorio exclusivo de su propia visión del mundo.
Los estudiantes y los profesores de bachillerato no vacilarán en unirse a ellos, a excepción de los esquiroles de costumbre, si el gobierno de extrema derecha desfinancia el sector, reduce sustancialmente su capacidad de funcionamiento o adopta medidas encaminadas a debilitar la educación pública con el propósito de favorecer su privatización. Si ese proceso llegara a producirse, la disputa no sería solamente presupuestaria: estaría en juego la posibilidad de que amplios sectores de la población continúen accediendo a una educación pública capaz de formar ciudadanos autónomos, críticos y conscientes de sus derechos.
Lo que no entiende Abelardo de la Espriella, el “coro de ángeles” designado a su gabinete ni quienes lo montaron, es la imposibilidad de volver el país atrás, de sujetarlo, porque en el medio ocurrieron transformaciones profundas, empezando por la posibilidad de acceder a derechos, participar políticamente y aspirar a vivir mejor, de manera distinta.
Ni siquiera los sectores más radicales de la derecha colombiana, con sus partidos políticos, fuerzas de seguridad y demás instrumentos legales o ilegales de poder, pueden borrar de un día para otro las experiencias acumuladas por una sociedad. La violencia puede eliminar personas, organizaciones y espacios de participación; puede intentar silenciar voces y disciplinar comunidades. Pero resulta mucho más difícil eliminar las ideas que surgen de experiencias colectivas de desigualdad, resistencia y reivindicación de derechos. Se puede eliminar a la mujer, al hombre. Jamás, a la conciencia social y de clase. Ello será uno de los principales obstáculos para cualquier proyecto que pretenda desconocer los cambios ocurridos en Colombia y restaurar un orden social que amplios sectores de la población ya han demostrado no estar dispuestos a aceptar pasivamente.
Carlos Alberto Ricchetti
REFERENCIAS, GLOSARIO Y BIBLIOGRAFÍA
1. Alberto Carrasquilla (Bogotá, 1959) es economista y fue ministro de Hacienda y Crédito Público durante los gobiernos de Álvaro Uribe Vélez e Iván Duque Márquez. Durante su segundo período al frente de esa cartera, entre 2018 y 2021, impulsó políticas orientadas al ajuste de las finanzas públicas, la reducción del déficit y la modificación del sistema tributario.En abril de 2021, el Gobierno de Iván Duque presentó el proyecto de reforma tributaria denominado inicialmente Ley de Solidaridad Sostenible, elaborado bajo la conducción de Carrasquilla. La iniciativa pretendía aumentar el recaudo mediante, entre otras medidas, modificaciones al impuesto sobre la renta y la ampliación de la base de contribuyentes. La propuesta provocó una fuerte reacción política y social y contribuyó decisivamente al Paro Nacional iniciado el 28 de abril de 2021. Ante la magnitud de las movilizaciones y la pérdida de respaldo político, el Gobierno retiró el proyecto y Carrasquilla renunció al Ministerio de Hacienda el 3 de mayo de 2021.La referencia del artículo a Carrasquilla alude, por tanto, a uno de los episodios más importantes de conflictividad social del último período del gobierno Duque. La relación directa entre la reforma y el conjunto de las protestas debe entenderse dentro de un contexto más amplio de desigualdad, desempleo, pobreza y malestar social acumulado durante la pandemia. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos documentó posteriormente graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante las movilizaciones. Fuentes: Ministerio de Hacienda y Crédito Público, documentación sobre la Ley de Solidaridad Sostenible; Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Observaciones y recomendaciones de la visita de trabajo a Colombia, 2021; Congreso de la República de Colombia, expediente legislativo de la reforma tributaria de 2021; Banco de la República, informes económicos sobre Colombia.
2. Iván Duque Márquez fue presidente de Colombia entre 2018 y 2022. Perteneciente al partido Centro Democrático, llegó a la Presidencia con el respaldo del sector político encabezado por Álvaro Uribe Vélez. Su gobierno estuvo marcado por debates sobre la implementación del Acuerdo de Paz de 2016, la seguridad, la política económica y las relaciones con Venezuela.Su administración enfrentó la crisis económica y sanitaria provocada por la pandemia de COVID-19 y terminó caracterizada por una elevada conflictividad social. El Paro Nacional de 2021 constituyó el principal episodio de movilización durante su mandato. Las protestas estuvieron inicialmente vinculadas al rechazo de la reforma tributaria, pero posteriormente incorporaron demandas relacionadas con empleo, educación, salud, desigualdad, violencia policial y reformas sociales.El gobierno Duque respondió a las movilizaciones mediante mecanismos de diálogo y, simultáneamente, mediante una importante presencia policial y militar. La actuación de las fuerzas de seguridad durante el paro fue posteriormente objeto de investigaciones nacionales e internacionales. Fuentes: Presidencia de la República de Colombia, archivos del período 2018-2022; Comisión Interamericana de Derechos Humanos, informes sobre Colombia; Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, Informe Final, 2022; David Bushnell y otros estudios sobre la política colombiana contemporánea.
3. Gustavo Petro fue presidente de Colombia entre 2022 y 2026. Su elección significó la llegada por primera vez a la Presidencia de un proyecto político identificado con la izquierda y el progresismo colombiano. Su programa gubernamental estuvo estructurado alrededor de reformas sociales, económicas, ambientales y laborales, además de una política de negociación con grupos armados denominada Paz Total.Durante su gobierno fueron aprobadas o impulsadas reformas en ámbitos como la salud, el sistema pensional y el régimen laboral, aunque varias de sus propuestas encontraron una fuerte oposición en el Congreso y en otros sectores políticos. Su administración también estuvo atravesada por una elevada polarización política y por investigaciones y controversias relacionadas con integrantes de su entorno gubernamental y familiar. Fuentes: Presidencia de la República de Colombia; Banco de la República; Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE); Ley 2272 de 2022 sobre Paz Total; Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).
4. “Firmes por la Patria” fue uno de los principales lemas políticos utilizados por Abelardo de la Espriella durante su campaña presidencial de 2026. La expresión estuvo asociada a la identidad de su movimiento político Defensores de la Patria y a una construcción discursiva basada en la defensa de la nación, el orden, la seguridad y la autoridad.Durante la campaña, el Tribunal Superior de Bogotá ordenó provisionalmente retirar propaganda que utilizara determinados símbolos patrios y el lema “Firme por la Patria”, en aplicación de criterios constitucionales relativos a la utilización de símbolos nacionales en propaganda electoral. Posteriormente se produjeron recursos y controversias judiciales alrededor de esa decisión. Fuentes: Tribunal Superior de Bogotá, actuaciones relacionadas con la propaganda electoral de 2026; Corte Constitucional de Colombia, Sentencias C-1153 de 2005 y C-490 de 2011; Caracol Radio, cobertura de la campaña presidencial de Abelardo de la Espriella.
5. Impuesto patrimonial a las grandes fortunas: Es un tributo que grava determinados niveles de riqueza o patrimonio neto de las personas naturales o jurídicas. En Colombia ha existido bajo distintas modalidades y con diferentes bases, tarifas y condiciones, formando parte de los instrumentos utilizados por el Estado para obtener recursos y, eventualmente, introducir elementos de progresividad en el sistema tributario.La discusión sobre gravar las grandes fortunas se encuentra relacionada con el principio de capacidad contributiva, según el cual quienes poseen mayores ingresos o patrimonio pueden soportar una carga tributaria proporcionalmente superior. El debate también enfrenta argumentos relacionados con inversión, ahorro, evasión fiscal y competitividad.En el contexto político de 2026, las propuestas de reducción o eliminación de determinados gravámenes patrimoniales fueron presentadas por sectores de la nueva administración como parte de un programa de reducción de impuestos. Fuentes: Estatuto Tributario colombiano; Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN); Ministerio de Hacienda y Crédito Público; OECD, Revenue Statistics in Latin America and the Caribbean; CEPAL, estudios sobre tributación y desigualdad. *
6. La Regeneración fue el proyecto político que transformó profundamente la organización institucional colombiana durante las últimas décadas del siglo XIX. Estuvo asociado principalmente a Rafael Núñez y a sectores conservadores y liberales independientes que reaccionaron contra el predominio del liberalismo radical y el modelo federal establecido por la Constitución de Rionegro de 1863.El proceso se consolidó después de la guerra civil de 1885 y tuvo como principal resultado institucional la Constitución de 1886, que sustituyó el federalismo por un Estado centralista y fortaleció considerablemente el Poder Ejecutivo. También estableció una relación estrecha entre el Estado y la Iglesia católica.La Regeneración no puede reducirse históricamente a una simple política económica o administrativa. Constituyó una transformación integral del régimen político colombiano. La historiografía ha señalado tanto su contribución a la centralización y construcción del Estado nacional como sus consecuencias sobre el pluralismo político, las libertades públicas y la oposición. Fuentes académicas: Marco Palacios, Entre la legitimidad y la violencia: Colombia 1875-1994; David Bushnell, Colombia: una nación a pesar de sí misma; Banco de la República, Biblioteca Virtual; Biblioteca Nacional de Colombia; Constitución Política de Colombia de 1886.
7. Rafael Núñez Moledo (1825-1894) fue político, periodista, escritor y presidente de Colombia en diferentes períodos durante la segunda mitad del siglo XIX. Inicialmente vinculado al liberalismo, evolucionó hacia posiciones que terminaron enfrentándolo con el liberalismo radical. Su proyecto político se convirtió en el principal referente de la Regeneración. Núñez fue presidente de los Estados Unidos de Colombia entre 1880 y 1882 y nuevamente desde 1884. La guerra civil de 1885 fortaleció políticamente su proyecto y permitió convocar una Asamblea Constituyente que produjo la Constitución de 1886. La fecha de 1878 que aparece en el artículo requiere una precisión histórica: corresponde a un período anterior a la consolidación institucional de la Regeneración y a la primera presidencia de Núñez. El término y el proyecto regenerador se vinculan con la evolución política de Núñez durante esos años, pero su realización constitucional se produjo fundamentalmente después de 1885. Fuentes: Banco de la República, Biblioteca Virtual; Rafael Núñez, Escritos económicos; Marco Palacios, Entre la legitimidad y la violencia; David Bushnell, Colombia: una nación a pesar de sí misma.*
8. Guerras civiles colombianas del siglo XIX
Colombia experimentó numerosas guerras civiles durante el siglo XIX, producto de conflictos relacionados con la organización territorial del Estado, las disputas entre federalismo y centralismo, las relaciones entre Iglesia y Estado, el control del poder político y las diferencias entre liberales y conservadores. Entre las principales se encuentran la guerra de 1851, la guerra de 1854, la guerra de 1860-1862, la guerra de 1876-1877 y la guerra civil de 1885. A ellas se sumó posteriormente la Guerra de los Mil Días (1899-1902), uno de los conflictos más destructivos de la historia republicana colombiana. No resulta históricamente exacto atribuir todas estas guerras exclusivamente a la Regeneración, pues varias fueron anteriores a su consolidación. Sin embargo, sí existe una relación entre la transformación política de la Regeneración, la guerra civil de 1885 y las posteriores disputas sobre el modelo centralista impuesto por la Constitución de 1886. Fuentes académicas: David Bushnell, Colombia: una nación a pesar de sí misma; Malcolm Deas, diversos estudios sobre las guerras civiles colombianas; Marco Palacios, Entre la legitimidad y la violencia; Banco de la República, Biblioteca Virtual.
9. Separación de Panamá.Ocurrió el 3 de noviembre de 1903, después de décadas de conflictos políticos y económicos y en un contexto internacional marcado por el interés de Estados Unidos en la construcción de un canal interoceánico.Entre los antecedentes se encuentran la crisis económica y política posterior a la Guerra de los Mil Días, la debilidad del Estado colombiano y las negociaciones relacionadas con el canal. El rechazo o fracaso del Tratado Herrán-Hay y la intervención estadounidense fueron factores decisivos en el proceso que culminó con la separación. Fuentes académicas: David Bushnell, Colombia: una nación a pesar de sí misma; Marco Palacios, Entre la legitimidad y la violencia; Banco de la República, La separación de Panamá; Olmedo Beluche, estudios sobre la separación de Panamá; U.S. Department of State, Office of the Historian.
10. Constitución de 1886. Fue promulgada el 5 de agosto de ese año y constituyó el principal resultado institucional de la Regeneración. Sustituyó el sistema federal de la Constitución de Rionegro de 1863 por un régimen centralista, fortaleció el Poder Ejecutivo y otorgó un papel privilegiado a la Iglesia católica dentro de la organización social y educativa del país.La Constitución permaneció vigente durante más de un siglo, aunque fue objeto de numerosas reformas. Durante su vigencia se sucedieron períodos de hegemonía conservadora, posteriormente la República Liberal, el Frente Nacional y diferentes transformaciones del sistema político.Su reemplazo se produjo con la Constitución de 1991, resultado de la Asamblea Nacional Constituyente convocada en un contexto de profunda crisis política, violencia y movilización ciudadana. La Constitución de 1886 constituye, por ello, uno de los principales referentes históricos para comprender la transformación del Estado colombiano contemporáneo.Fuentes: Constitución Política de Colombia de 1886; Banco de la República; Biblioteca Nacional de Colombia; Marco Palacios, Entre la legitimidad y la violencia; David Bushnell, Colombia: una nación a pesar de sí misma.*
11. Constitución Política de 1991:Reemplazó la Carta de 1886 y produjo una profunda transformación del orden constitucional. Fue elaborada por una Asamblea Nacional Constituyente elegida después de un proceso político que involucró movimientos estudiantiles, partidos tradicionales, sectores de izquierda y organizaciones surgidas de los procesos de paz.La nueva Constitución definió a Colombia como un Estado social de derecho, fortaleció la protección de los derechos fundamentales, incorporó mecanismos como la acción de tutela y amplió los instrumentos de participación ciudadana. También reconoció el carácter pluralista y multicultural del Estado y fortaleció la independencia de distintas instituciones.En materia educativa, su artículo 27 establece que el Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. Este precepto constituye el fundamento constitucional de la referencia que el artículo hace a la libertad de cátedra. Fuentes: Constitución Política de Colombia de 1991; Corte Constitucional de Colombia; Asamblea Nacional Constituyente, archivos históricos; Banco de la República, Biblioteca Virtual.
12. Desobediencia civil.Es una forma de acción política mediante la cual personas o colectivos incumplen deliberada y públicamente determinadas normas o decisiones que consideran injustas, generalmente procurando hacerlo de manera no violenta y aceptando las consecuencias jurídicas de sus actos.El concepto moderno se encuentra asociado especialmente a Henry David Thoreau, quien en 1849 publicó el ensayo Civil Disobedience. Posteriormente fue desarrollado desde perspectivas diferentes por autores como Mahatma Gandhi, Martin Luther King Jr. y John Rawls.En Colombia, la expresión fue utilizada en el contexto político posterior a las elecciones presidenciales de 2026 por sectores de la oposición a Abelardo de la Espriella. No obstante, la desobediencia civil no constituye por sí misma un mecanismo constitucional equivalente a una elección, un referendo o una acción judicial. Su utilización política debe distinguirse de la protesta pacífica, que sí goza de protección constitucional. Fuentes: Henry David Thoreau, Civil Disobedience; John Rawls, A Theory of Justice; Constitución Política de Colombia de 1991, artículos 37 y 95; Corte Constitucional de Colombia, jurisprudencia sobre protesta social y participación ciudadana.
13. Libertad de cátedra. Esel derecho de docentes e instituciones educativas a desarrollar actividades de enseñanza e investigación sin interferencias indebidas del poder político o de otras autoridades, dentro del marco constitucional y legal.En Colombia tiene reconocimiento expreso en el artículo 27 de la Constitución de 1991, que establece: “El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra”. Este derecho se relaciona con la autonomía universitaria, la libertad de expresión, la libertad de investigación y el pluralismo propio de una sociedad democrática.La libertad de cátedra no significa ausencia absoluta de regulación. Las instituciones educativas deben cumplir la Constitución y la ley, pero el Estado no puede imponer arbitrariamente una determinada orientación ideológica al proceso educativo. Fuentes: Constitución Política de Colombia de 1991, artículo 27; Corte Constitucional de Colombia, jurisprudencia sobre libertad de cátedra y autonomía universitaria; Ley 30 de 1992, régimen de educación superior.
14. Conciencia social:La expresión conciencia social alude, en términos generales, al reconocimiento por parte de individuos o colectivos de las condiciones sociales en las que viven, de los problemas que afectan a una comunidad y de la relación existente entre las acciones individuales y las estructuras sociales.El concepto ha sido utilizado desde distintas tradiciones de la sociología, la filosofía política y el pensamiento social. No posee una única definición académica, pues puede referirse tanto a la percepción de problemas colectivos como a la formación de valores, identidades y responsabilidades compartidas.En el artículo, “conciencia social” aparece utilizada en sentido político: como capacidad colectiva para identificar desigualdades, defender derechos y participar en procesos de transformación social. Se trata, por tanto, de una expresión conceptual cuya interpretación depende del marco ideológico desde el cual se emplee. Fuentes: Émile Durkheim, La división del trabajo social; Peter L. Berger y Thomas Luckmann, La construcción social de la realidad; Paulo Freire, Pedagogía del oprimido.*
15. Conciencia de clase.Concepto central de la tradición marxista y hace referencia al proceso mediante el cual un grupo social reconoce su posición dentro de las relaciones económicas y sociales y desarrolla conciencia de intereses comunes.En el pensamiento de Karl Marx, la existencia objetiva de una clase no implica necesariamente que sus integrantes posean conciencia colectiva de sus intereses. La tradición marxista posterior desarrolló esta distinción, especialmente a partir de autores como Georg Lukács, quien analizó la relación entre posición de clase, conciencia y acción política.En el texto, la expresión “conciencia social y de clase” se utiliza para sostener que la represión física puede afectar a individuos y organizaciones, pero no necesariamente eliminar las ideas colectivas que surgen de experiencias compartidas de desigualdad o explotación. Fuentes académicas: Karl Marx, El 18 Brumario de Luis Bonaparte y La miseria de la filosofía; Georg Lukács, Historia y conciencia de clase; E. P. Thompson, La formación de la clase obrera en Inglaterra.*
16. Javier Milei es un economista y político argentino, fundador y principal dirigente de La Libertad Avanza. Fue elegido presidente de Argentina en noviembre de 2023 y asumió el cargo el 10 de diciembre de ese año. Su proyecto político se identifica con el liberalismo económico radical, el libertarismo y una fuerte crítica al Estado intervencionista y a la clase política tradicional.Durante su gobierno se han impulsado políticas de reducción del gasto público, desregulación económica, privatización o transformación de empresas y organismos estatales y reducción de distintos programas públicos. Su administración también ha mantenido fuertes conflictos con universidades públicas, sindicatos, movimientos sociales y sectores de la oposición. Fuentes: Presidencia de la Nación Argentina; Cámara Nacional Electoral de Argentina; Javier Milei, Pandenomics y otros textos políticos; BBC Mundo, perfiles biográficos y cobertura de su llegada a la Presidencia; estudios académicos sobre libertarismo y política argentina contemporánea.*
GLOSARIO COMPLEMENTARIO
Autoritarismo: forma de organización o ejercicio del poder caracterizada por la concentración de autoridad y la restricción del pluralismo político y de determinados derechos o mecanismos de control.
Estado de derecho: principio según el cual gobernantes y ciudadanos están sometidos a la Constitución y a las leyes, existiendo mecanismos institucionales de control del poder.
Estado social de derecho: modelo constitucional que, además de garantizar libertades individuales, impone al Estado obligaciones orientadas a garantizar condiciones materiales de igualdad, bienestar y protección social.
Extrema derecha: categoría utilizada en ciencia política para identificar determinadas corrientes situadas en el extremo derecho del espectro político, aunque su definición y aplicación concreta son objeto de debate académico.
Oligarquía: término utilizado históricamente para designar el gobierno o predominio político de grupos reducidos que concentran poder económico, social o institucional.
Retaliación: acción de responder a una conducta considerada ofensiva mediante una medida de represalia o castigo.
Recesión: disminución significativa de la actividad económica durante un período determinado. En el lenguaje político puede utilizarse también de manera más amplia para referirse a políticas consideradas contractivas.
Descentralización: transferencia de competencias, recursos o responsabilidades desde el gobierno central hacia entidades territoriales o instituciones con determinado grado de autonomía.
Centralismo: sistema político-administrativo en el cual las principales competencias y decisiones se concentran en el gobierno nacional.
Autonomía universitaria: principio que protege la capacidad de las instituciones de educación superior para organizar sus actividades académicas, administrativas y científicas dentro del marco constitucional y legal.
Estigmatización política: proceso mediante el cual una persona, organización o grupo es asociado públicamente con características negativas que buscan desacreditarlo o excluirlo del debate político.
Derechos adquiridos: expresión jurídica utilizada para referirse a situaciones jurídicas consolidadas bajo determinadas condiciones legales. Su alcance depende del ordenamiento jurídico y no equivale a que toda expectativa o beneficio pueda considerarse jurídicamente adquirido.
BIBLIOGRAFÍA GENERAL
Banco de la República de Colombia – Biblioteca Virtual. Documentación histórica sobre Rafael Núñez, la Regeneración, las guerras civiles y la separación de Panamá.
Bushnell, David. Colombia: una nación a pesar de sí misma. Bogotá: Planeta.
Palacios, Marco. Entre la legitimidad y la violencia: Colombia 1875-1994. Bogotá: Norma.
Deas, Malcolm. Del poder y la gramática y otros ensayos sobre historia, política y sociedad colombianas. Bogotá: Taurus.
Constitución Política de la República de Colombia de 1886.
Constitución Política de Colombia de 1991.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público de Colombia. Documentación sobre reformas tributarias y política fiscal.
Banco de la República de Colombia. Informes de política económica y estadísticas nacionales.
Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). Estadísticas oficiales sobre empleo, pobreza, desigualdad y actividad económica.
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). Estudios sobre desigualdad, tributación y desarrollo económico latinoamericano.
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Revenue Statistics in Latin America and the Caribbean.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Observaciones y recomendaciones de la visita de trabajo a Colombia, 2021.
Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad. Informe Final, 2022.
Corte Constitucional de Colombia. Jurisprudencia sobre protesta social, libertad de expresión, libertad de cátedra y autonomía universitaria.
Ley 30 de 1992, por la cual se organiza el servicio público de la educación superior.
Ley 2272 de 2022, por medio de la cual se modifica la Ley 418 de 1997 y se establece el marco jurídico de la política de Paz Total.
Durkheim, Émile. La división del trabajo social.
Freire, Paulo. Pedagogía del oprimido.
Lukács, Georg. Historia y conciencia de clase.
Marx, Karl. El 18 Brumario de Luis Bonaparte.
Marx, Karl. La miseria de la filosofía.
Rawls, John. A Theory of Justice.
Thompson, E. P. La formación de la clase obrera en Inglaterra.
Thoreau, Henry David. Civil Disobedience.
Presidencia de la Nación Argentina. Documentación oficial del Gobierno argentino.
Cámara Nacional Electoral de Argentina. Resultados y documentación electoral.
BBC Mundo. Perfiles y cobertura periodística sobre Javier Milei y la política argentina.
La Libertad Avanza. Documentación pública y programas políticos del espacio.
Corte Constitucional de Colombia. Jurisprudencia constitucional.
Senado de la República de Colombia. Constitución Política y legislación.
Cámara de Representantes de Colombia. Archivo legislativo.
Ministerio de Educación Nacional de Colombia. Normativa y documentación sobre educación superior.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Organización de las Naciones Unidas. Documentación sobre derechos humanos y democracia.


