Algunas de las columnas que escribo para ustedes, generan una gran curiosidad entre mis amables lectores que por lo regular son mis amigos y es lo que ocurrió con una de las más recientes. Me refiero a “Compersión, una palabra con sentimientos” publicada en este periódico digital, en el mes de junio de 2026.
Para muchos, entre los cuales me incluyo, surgió la pregunta: ¿De dónde viene el término? Y fue desde ese momento que la curiosidad surgió por investigar más.
La magia de las redes nos permite indagar sobre esos temas y nos da la posibilidad de buscar respuestas, tan profundamente como sea la curiosidad y los deseos de aprender cosas nuevas.
¿Qué significa?
¿De dónde viene el término?
¿Qué es una relación poliamorosa?
¿Cómo se aplica en una relación poliamorosa?
¿Qué significa compersión en una relación de pareja?
¿Qué ha dicho la jurisprudencia colombiana a cerca de este término o este tipo de relaciones?
Estas preguntas serán absueltas a la luz de las consultas realizadas para dar claridad sobre el término y su aplicación en nuestra sociedad y legislación.
Quiero anticiparme a los conceptos, es una manera de abrir la mente a nuevas formas de pensar y de relación.
La palabra compersiónque se define como sentir alegría por la felicidad del otro, en especial de una pareja, para algunos en la década de 1990. Fue creada por la comunidad Kerista, un grupo de amor libre en San Francisco, california, Estados Unidos de América y fue inventada para describir el antídoto de los celos.
Sobre la raíz de este vocablo, se tejen varias hipótesis; una de ellas se la atribuye al inglés COMPERTION, aclarando que no viene del latín clásico y precisando que nació del poliamor de los años 70´s. Dicen que se formó combinando palabras, así:
COM: del inglés abreviado que significa juntos
PER: raíz del francés antiguo compere, que se refiere a compañero o compadre.
TION (SION): sufijo del inglés que crea un sustantivo, igual que la palabra pasión.
Es como sentir que la felicidad del otro es tu propia felicidad.
Otra hipótesis dice que se deriva del vocablo francés “compere” que significa que significa compañero, más del inglés sión, como variable de tion que es el sufijo que forma sustantivos, basada en un uso anterior del francés copérage, según análisis del antropólogo y etnólogo francés Claude Lévi – Straus, (1908 – 2009) para denotar la práctica de los cuñados que compartían esposas, observando ciertas reglas, que vistas por el otro tipo de pensamiento social, representaba una gran libertad o libertinaje para el comportamiento social.
Los filósofos budistas, conocían este término con la expresión “mudita”, definida como la alegría compasiva.
Por todas esas razones, la compersión se considera una palabra moderna, no se encuentra en el Diccionario Pequeño Larousse ni en el diccionario de la Real Academia Española (RAE), por considerar que proviene del inglés. Además, se define también como una emoción de la psicología y la inteligencia emocional.
Wikipedia, la enciclopedia, define el término como un estado empático de felicidad y deleite experimentado cuando otro individuo experimenta felicidad y deleite.
Siguiendo con la definición de los términos y respondiendo las preguntas antes planteadas, tenemos que la relación poliamorosa es un tipo de vínculo sexoafectivo donde se mantienen múltiples relaciones románticas o íntimas de manera simultánea. La diferencia fundamental es que todo se basa en la honestidad y el consentimiento de todas las personas involucradas, alejándose por completo de la infidelidad y el engaño. Según su definición nos dice que no es infidelidad, no es una relación abierta, no es poligamia, se basa en la comunicación abierta, se negocian los acuerdos, se gestionan los celos. Este tema es tan serio que merece un análisis más profundo, para entenderlo, así no se le acepte ampliamente.
El derecho colombiano ha avanzado en la protección de nuevas formas de convivencia y el libre desarrollo de la personalidad, liderada por la Corte Constitucional, que protege el derecho de los ciudadanos a elegir su modelo de vida y sus acuerdos de pareja, incluyendo relaciones no tradicionales, siempre que se basen en el consentimiento.
En varias jurisprudencias, nuestra Corte Constitucional ha reconocido derechos, como la pensión de sobrevivientes, a relaciones donde varias personas comparten un proyecto de vida en común bajo un mismo techo. Los jueces han evaluado la estabilidad y el apoyo mutuo, más allá de la cantidad de personas involucradas.
En cuanto a esta forma de vínculo, sea por una pareja heterosexual u homosexual, mientras sus decisiones no afecten los derechos de terceros, lo que las personas acuerden en sus relaciones, incluso la compersión o no exclusividad, es un asunto privado pero protegido por la ley colombiana. Tenemos la Sentencia T-196/16, que se refiere a la Familia Diversa y su protección Constitucional. Y la Sentencia C-577/11 que nos habla de la pareja homosexual y el concepto de familia. Relación/familia y parejas del mismo sexo. Un reconocimiento realmente revolucionario.
Nos queda todavía mucho por investigar y aprender. La sociedad y su dinámica cambian día a día.
Gracias Google, Wikipedia, Copilot, Youtube, Pequeño Larousse. Me acompañaron esta tarde fría y silenciosa.


