En el año 2021, el congreso de la república aprobó la ley 2161 con el fin de dictar medidas contra la evasión del SOAT, fue una medida sorpresiva y con avances poco esperados por las autoridades de tránsito en Colombia, claro, es muy lógico porque aquí en este sistema político, jamás socializan un proyecto de Ley, lo cierto es que, en esta reforma, ningún organismo de tránsito lideró el cabildeo en el congreso para su aprobación, por eso debemos preguntar: ¿Quién está detrás de la reforma?
Siguiendo en el mismo renglón de la historia, el artículo 4 de esta norma crea el articulo 42 A, en la Ley 769 de 2002 (Código de Tránsito) donde esencialmente le dan carta blanca a las aseguradoras que venden el SOAT, para que ofrezcan un seguro complementario y voluntario que cubra los daños materiales en las colisiones simples (Solo daños, sin heridos).
Acto seguido en la Ley 2161 de noviembre de 2021 en su artículo 12, crea un artículo nuevo en el código de tránsito, el Articulo 143 A , en el cual menciona que donde resulten vehículos asegurados en daños materiales, inmuebles , animales o cosas y no se presenten lesionados; los vehículos se retirarán de manera inmediata de la vía para no interrumpir el tránsito; en conclusión, menciona que los conductores pueden llegar a conciliar sus diferencias y dirigirse a la aseguradora o centros de conciliacion autorizados para tal fin.
En este momento, según la nueva Ley, hay algunos eventos de tránsito que no van a requerir la asistencia de los agentes o policías de tránsito, puesto que no será necesaria la exigencia del croquis o el IPAT, para ninguna de las entidades que intervendrán en los diferentes procesos, entiéndase centros de conciliación, aseguradoras y juzgados.
Pero entre diciembre, enero, febrero y marzo, podemos presumir que nadie se interesó por la pomposa póliza complementaria de daños materiales en el hecho de tránsito, porque el cabildeo en el congreso terminó por incluir en la nueva Ley 2251 de julio de 2022, una nueva reforma al artículo 143 código nacional de tránsito donde, a grandes rasgos, deroga el articulo 143 A, de la ley 2161 de noviembre de 2021 y crea un nuevo sistema, en el cual, dos conductores que colisionen y en este evento no resulten lesionados, pues no tienen la necesidad de llamar a tránsito, porque este croquis y el informe que realiza la autoridad, no será exigido en ninguna dependencia. Por tal motivo, debe utilizar sus propios recursos tecnológicos, como celulares, fotos, videos, intercambio de datos y compromisos, entre las partes con el fin de solucionar los problemas y responder por los daños de la mejor manera posible.
La última norma aclara que este procedimiento va a ser para todos los vehículos, estén asegurados o no, es decir, las personas van a tener que comprar el famoso seguro voluntario, porque bien conocemos la sociedad colombiana y su cultura de calle que dice:
“El vivo vive del bobo”, hay que tener “la malicia indígena” y la famosa frase “usted no sabe quién soy yo”, son las que imperan en la cultura del país, entonces ningún padre de familia se puede arriesgar a dejar a su familia sin protección, ante los conductores temerarios, que con direcciones y nombres falsos, van a timar a las personas de buena fe.
Conclusión: la norma está construida de tal manera que todas las personas cívicas y respetuosas de la Ley tengan qué comprar un póliza voluntariamente para el riesgo del siniestro vial de solo daños, en los cuales pueden ser víctimas del colombiano común y corriente, que conduce su vehículo con temeridad, pero que no tiene dinero para responder por los daños o simplemente su formación cultural le dice que si no paga , es muy inteligente y avispado.
El vivo vive del bobo es la peor filosofía para solucionar los próximos siniestros viales…. La conciencia de hacer las cosas correctamente definitivamente es él argumentó que debieron tener en cuenta para poder aprobar esta ley tan importante…
Como todo lo del Gobierno anterior, no se beneficia al ciudadano común y corriente sino a Fase olga gremio que nunca busca ño real de un siniestro sino como evadir el pago de un siniestro.