Con la conformación de plantas de personal paralelas, vinculando a través de Contratos de Prestación de Servicios Personales “CPSP”, a varios cientos de miles de trabajadores y profesionales, los gobiernos, desde el nacional hasta los locales, y entidades descentralizadas, a todo nivel, se constituyen en los mayores pisoteadores del derecho al trabajo; se llevan por delante la ley y la Constitución Política del 91 así como los tratados internacionales suscritos por Colombia y ratificados por el Congreso.
El asunto tiene varios aspectos gravosos a considerar: El primero, por supuesto, es la burla de los derechos de los trabajadores, sin posibilidades de estabilidad ni a devengar las respectivas prestaciones sociales, ni derecho a una jornada máxima de trabajo; lo segundo, es la mercadería politiquera en que han convertido el mecanismo de los “CPSP”, porque a esos contratos se llega si se tiene el aval del político de turno, con lo cual se logra un amarre electoral, como quien dice “yo te doy, tú medas”, de manera que la autonomía y dignidad de la persona son claramente vulneradas.
Que esto lo diga Lina Montilla, presidenta de la CUT en Risaralda o un militante de izquierda como yo, es apenas normal, pero que lo digan las altas Cortes en diferentes pronunciamientos jurisprudenciales como la Corte Constitucional y el Consejo de Estado, hace que el tema cobre una connotación especial, porque esos órganos hablan desde la interpretación y defensa de la CP/91, ordenamiento jurídico que se supone, debe estar en función del interés general. pero díganlo los sindicatos o una corte, la conclusión es la misma: El Derecho al Trabajo es violado en Colombia y, por tanto, debe ser objeto de una defensa permanente y concreta y debe ser objeto de debate público, empezando por las elecciones de congreso y presidencia de la república de 2022.
Precisamente es el Consejo de Estado el que acaba de expedir la Sentencia de Unificación de Jurisprudencia No. SUJ-CE-S2 del 09 de septiembre de 2021, al fallar un caso de una abogada al servicio de la Personería de Medellín, sentando jurisprudencia en asuntos claves como los siguientes: 1) Lo que ocurre con un CPSP, es que se oculta una verdadera relación laboral, tal como la prevé el Código Sustantivo del Trabajo, caracterizada por la prestación personal de un servicio, es decir, no es delegable, la subordinación, que equivale a recibir órdenes y cumplir hasta una jornada de trabajo diaria, y la remuneración por esa actividad personal; 2) frente a la simulación con un CPSP cuando en verdad existe un contrato de trabajo, se aplica la figura del “contrato realidad”, principio previsto en el artículo 53 de la CP/91; 3) Quien demanda el reconocimiento y pago de las prestaciones propias de un contrato laboral, ya no está sometido a la regla general de prescripción de derechos respecto de contratos suscritos sucesivamente, pues se sabe que hay miles de personas que son vinculadas, durante años, haciéndoles firmar contratos de seis (6) meses, por poner un ejemplo, y apenas termina ese, le hacen firmar otro. Cuando esto ocurre, se presenta una verdadera relación laboral continuada, que es una de las novedades de esta sentencia. Un punto importante a destacar, es el efecto vinculante de la sentencia (numeral 5), para todos los casos pendientes de resolución tanto vía administrativa como judicial.
Claro está que la experiencia nos demuestra que, por un lado, van el Derecho y las sentencias judiciales, y otra es la realidad que vivimos, acostumbrados como nos tiene el mismo gobierno de su gran capacidad de hacerle driblin a la ley y a la Constitución.
Dado lo anterior, una solución de fondo a esta gran problemática, es la adopción del Estatuto del Trabajo, ordenado por el artículo 53 de la CP de 1991, pero que el congreso y los sucesivos gobiernos se han negado a debatir y a expedir, haciéndole conejo al mandato constitucional y a los trabajadores, privados o públicos, de la ciudad o del campo. ¡Qué democracia es esta donde los derechos de los trabajadores son birlados de manera tan descarada y burda!



Excelente texto,reflejo de realidad,de realidad cruel y con tendencia a mantenerse,con una distancia abismal entre lo que es y lo que debería ser,con una cantidad de pendejos haciendo lo que les da la gana,pasando por encima de todo y de todos, abusando del poder y parándose en la cabeza de aquellos que por su ignorancia son fáciles de engañar y de aquellos que por hablar y decir la verdad son silenciados a punta de bala….
Respetado Columnista:
Gracias, por centrarnos conceptualmente en lo relacionado con los Derechos de los Trabajadores.
Esperar que la clase oligarquica corrupta establezca :
> Saber ser justos con los derechos del trabajador.
> Ser capaz de ignorar el interés de unos pocos a favor del interés de todos..
> Disminuir la brecha de desigualdad, de distribución de la riqueza.
Utopías????