Fundado el 9 de febrero de 2020
LUIS FERNANDO CARDONA
Director Fundador

ActualidadDEL RECTOR DE LA UTP.

DEL RECTOR DE LA UTP.

ESCAMPAVÍA.

Lo que está ocurriendo en la designación de los rectores de las universidades públicas es algo que tiene las mismas virtudes y defectos de la democracia electoral, tal como ocurre en la UTP, tema sobre el cual participé como Exrector y que en apretado resumen presento.

Se expidió el acuerdo No, 34 el 06 de octubre de 2.023, POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL MECANISMO DE DESIGNACIÍPON DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA, en el cual se define la manera como la comunidad universitaria participará en la selección de los candidatos a rector.

Artículo decimo noveno: “….. teniendo en cuenta los siguientes porcentajes asignados por estamento. A) DOCENTES 40% B) ESTUDIANTES 35% C) EGRESADOS 15% d) ADMINISTRATIVOS 15%.

PARÁGRAFO II: ………..la Secretaría General presentará el informe final de escrutinio dando a conocer los resultado obtenidos por cada candidato …….y los nombres de los tres (3) candidatos que hayan obtenido los mayores porcentajes ….”

ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO: Designación del Rector,  el Consejo Superior  “……designará, con las dos terceras partes (2/3) partes de los miembros acreditados,….”

PARÁGRAFO: En caso de que un aspirante, DE LOS INTEGRANTES DE LA TERNA, no obtenga los votos necesarios, por parte del Consejo Superior, se eliminará al que obtuvo la menor votación.

RESULTADOS DE LAS VOTACIONES:

Docentes   Estudiantes.  Egresados.  Administrativos

Gaviria.   254.             1378.              1913.          235

Molina.   179.             5541.              3371          156

Victoria.    29              1086.                493.            13.

 

En consecuencia Molina obtuvo la mayoría de los estudiantes y egresados y Gaviria la de los profesores y los administrativos y  el Consejo Superior, en votación, retiró al candidato Victoria,  puesto que no obtuvo un solo voto, tal como lo dispuso la norma.

Comentarios nuestros: La asignación del peso de cada estamento es diferente en las universidades analizadas, así, por ejemplo en la UNIVERSIDAD NACIONAL se le da un valor del 60% a los docentes, con el criterio que son ellos los más importantes de los  estamentos que integran la institución de derecho público.

Es un principio fundamental de derecho que no le es dable al individuo interpretar lo que el legislador ha dispuesto, por lo tanto, es inadmisible sostener que, como uno de los candidatos resultó con un por ciento superior en la primera instancia, ello elimina la decisión del Consejo Superior.

El Consejo Superior lo integra: el gobierno nacional con dos de los nueve miembros, uno del gobierno de la región, uno de sus ex rectores, uno de sus autoridades académicas, uno designado por los gremios de la producción y de los servicios, uno de sus profesores, otro de sus estudiantes, uno más de los egresados y otro de los administrativos con voz, pero sin voto; todos ellos tienen la responsabilidad de seleccionar al mejor de los aspirantes.

La democracia no excluye, incluye, así las cosas ésta, como otras universidades, cuenta con rector encargado, dada la falta de las mayorías definidas, situación que no se resuelve con las votaciones, como se ha demostrado por casi un año de intentos fallidos y por lo tanto surge la opción del diálogo y los acuerdos entre los candidatos; en este caso, se ha dado uno constructivo, en el cual se ha puesto la Universidad por encima de todos los criterios y de esta manera,  ellos elaboraron una propuesta que integra las ofertas, aquí destaco la grandeza y entereza de los cadidatos, quienes prefirieron aunar antes que disociar, algo que las extremas desaprueban.

Finalmente, entonces, cada uno de los representantes de los estamentos vinculados al manejo de la entidad tienen todo el derecho de votar por quien consideren es el mejor de los aspirantes, por los criterios que a su leal saber y entender tengan, pero eso de que la mayoría de uno o dos de sus estamentos elimina todos los otros criterios para seleccionar al mejor, es una interpretación amañada de lo estatutos, y de la democracia.

 

 

 

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