Los artistas colombianos con su sacrificio a bordo de un vehículo, han escrito varias páginas de la siniestralidad vial, dejando truncadas sus exitosas carreras y un mensaje claro a todas las generaciones, sobre la importancia de la prevención vial.
El tema de hoy, vamos a estudiar el caso del siniestro vial de Martin Elías, a la luz de la resolución 1565 de 2014 expedida por el ministerio de transporte de Colombia, para entregar a los colombianos una guía metodológica para la elaboración de los planes estratégicos de seguridad vial (PESV), conforme a la exigencia del artículo 12 de la Ley 1503 de 2011.
El listado de victimas de artistas en siniestros viales es grande y sigue creciendo, en el año 95 muere Patricia Terán una interprete vallenata muy conocida por su agrupación femenina y cuyos éxitos fueron cantados a todo pulmón por aquellas mujeres que conocieron tarde al amor de su vida, luego Kaleth Morales a sus 21 años en la cima de su carrera era despedido en un entierro donde todos los pueblos se congregaron cantando sus canciones. El cantautor Romualdo Brito, entre otros reconocidos ídolos populares perdió la vida en un hecho de tránsito, demostrando así, que la violencia vial, no respeta el color de la piel ni el estrato social.
La muerte del Gran Martín Elías
Un viernes 14 de Abril a las 7 am, el artista venia de un concierto en Coveñas con rumbo a la ciudad de Santa Marta, donde se reuniría en esa semana santa con su familia. En el recorrido a la altura del sector de Aguas Negras, en la vía de San Onofre (Sucre) a Lorica (Córdova), el vehículo que iba a una velocidad superior a la permitida, según la información de varios medios de comunicación y el resultado de la investigación de la autoridad de tránsito, sufrió un volcamiento al esquivar o al pasar por un hueco, saliendo expulsado el artista vallenato por la ventana de la puerta derecha delantera del vehículo, recibiendo con el impacto en el asfalto, lesión cardíaca, trauma cerrado de abdomen, contusiones pulmonares, edema agudo cerebral entre otros que le causaron la muerte.
En Colombia tenemos un Plan Nacional de Seguridad Vial, que basa su objetivo en 5 líneas estratégicas, la Ley 1503 de 2011 en su artículo 12, reformado por la Ley 2050 de 2020, las lleva a la empresa pública y privada precisando para la elaboración e implementación del PESV, que se elaboren y se estructuren en cinco pilares:
- Pilar de gestión institucional.
- Pilar de Comportamiento humano.
- Pilar de Vehículos Seguros
- Pilar de Infraestructura segura
- Pilar de Atención de Victimas
Para el caso que estamos analizando vamos a estudiar el pilar de comportamiento humano, específicamente en las políticas de regulación de la empresa, empecemos por enumerarlas:
- Política de prevención de alcohol y drogas.
- Política de control de velocidad.
- Política de uso del cinturón de seguridad.
- Política de Horas de trabajo y de descanso.
- Política del uso de elementos de protección personal
- Política de prohibición del uso de celular o equipos de comunicación bidireccional mientras se conduce.
En esta lista de las políticas de regulación, podemos observar que en este siniestro, se incumplieron como mínimo tres de ellas.
La primera política de regulación que se vulnera, es la política de control de velocidad, el vehículo es una camioneta de marca Toyota de último modelo, con todas las condiciones técnicas para evitar volcamientos, pero por efectos de la velocidad se pierde el control por parte del conductor, a tal punto de dar al parecer una vuelta campana y salirse de la vía. Si el vehículo llevara en promedio una velocidad de 60 kilómetros por hora, las consecuencias del siniestro serían distintas.
La segunda política de regulación, es la del uso del cinturón de seguridad, por el impacto del vehículo a alta velocidad, por fuerza de la inercia sale el cuerpo del cantante por la ventanilla de la puerta derecha delantera, recibiendo las lesiones mortales, ya comentadas.
Aquí podemos comentar, que si el vehículo viniera a una velocidad prudente, el siniestro no hubiera tenido la gravedad conocida, pero si Martin Elias llevara puesto el cinturón de seguridad, no habría salido disparado por la ventanilla, protegiendo su integridad personal.
Pero hay una tercera Política de regulación involucrada dentro de la hipótesis del origen del siniestro, es la de regulación de horas de trabajo y de horas de descanso, es decir, el conductor, muy posiblemente estuvo despierto toda la noche o parte de ella, sin descansar lo suficiente, para empezar a conducir a tempranas horas de la mañana, lo que genera fatiga, cansancio, se corre el riesgo de sufrir apnea de sueño, más conocido como un micro sueño y en cualquier momento perder el control del vehículo. ¿Qué pasa si el conductor de los artistas no está en el concierto, sino que está descansando y durmiendo con el fin de cumplir con sus deberes de la conducción?
Como podemos observar, son tres políticas de regulación que se recomienda elaborar e implementar en las empresas con el fin de reducir el riesgo de los siniestros viales, pero si esto ocurre evitar las consecuencias graves de la velocidad en el cuerpo del ser humano que se ve involucrado en un siniestro vial.
Espero que este artículo sirva de herramienta para sustentar la importancia de la seguridad vial en nuestra sociedad, debemos pasar del discurso a la acción, en el año 2021 Colombia vio fallecer a más de 7 mil personas en siniestros viales y no podemos quedarnos con los bazos cruzados, llegó el momento de actuar.