En esta contienda electoral, hemos escuchado que para financiar el gasto público, los planes de gobierno o superar el creciente déficit fiscal, una posibilidad podría ser acudir a la impresión de billetes por el Banco de la República, para en lo posible no hacer Reformas Tributarias o también evitar el aumento en el endeudamiento externo del Estado, que ya supera el 60% del PIB.
Debemos saber, que una cosa es imprimir billetes o acuñar monedas y otra es emitir dinero.
La producción de los billetes y monedas, incluyendo su edición y acuñación respectivamente, constituyen los pasos previos a la emisión monetaria, que hace posible la creación de dinero en su forma primaria.
La emisión de dinero es un proceso que comienza con la producción física de los billetes y monedas y termina con su puesta en circulación.
La emisión hace posible que las funciones del dinero se cumplan: Servir de unidad de cuenta (determinar el precio de cada cosa), de medio de cambio (para pagos y cobros) y depósito de valor.
A través del registro contable de un pasivo monetario a cargo del emisor se da contenido de valor a los billetes y monedas producidos y terminados. A menudo se dice, que la emisión monetaria es deuda para el emisor y es cierto.
La contrapartida contable en los activos del Banco la constituyen fundamentalmente hoy día, las Reservas Internacionales que administra el Banco por delegación del Estado.
Los billetes y monedas que se ponen en circulación, después de ser emitidos por el Banco de la Republica, hacen posible que las transacciones económicas se realicen fluidamente y que del tamaño de esta oferta monetaria, relacionándola con la demanda, dependa el precio del dinero o tasa de interés y su impacto en el costo de vida o inflación.
El valor del dinero emitido no se encuentra incorporado en el papel o pedazo de aleación metálica. Es un valor fiduciario, de FE o confianza en quien lo emite y que por tal circunstancia, las especies monetarias pasan de mano en mano transfiriéndose, lo que en economía monetaria se denomina la circulación del dinero.
El valor intrínseco de un billete o moneda, es inferior a su valor nominal, la diferencia entre uno y otro, es utilidad para el Banrepublica y recibe el nombre de señoreaje, que en buena parte es trasladada al Gobierno Central para financiar el presupuesto general de la Nación.
El dinero en efectivo solo puede ser creado por el banco central y es un monopolio.
El dinero bancario, en cambio, es creado por la misma institución que emite el efectivo, pero también por los establecimientos de crédito, que como su nombre lo dice, lo crean a través del otorgamiento de créditos a sus clientes.
Muchos países han acudido en momentos coyunturales a la emisión de dinero sin aumentos en la producción, para reactivar algunos sectores de la economía, pero lo han hecho transitoria y moderadamente, tomando medidas adicionales para controlar los efectos inflacionarios que inevitablemente se generan.
En Estados Unidos durante el 2020 la oferta monetaria creció un 25%.
Las decisiones relacionadas con determinar la cantidad de dinero que debe circular en la economía (Oferta Monetaria), son de competencia exclusiva de la Junta Directiva del Banco de la República, tal como lo determinó la Constitución del 91 en el artículo 371, que definió al Banco como la Banca Central de Colombia.
Emitir dinero sin crecimiento económico, hará que más dinero en circulación, que bienes y servicios disponibles, afecte la capacidad adquisitiva como consecuencia de la ley de oferta y demanda.
El dinero resultado de la emisión monetaria, por si mismo no constituye riqueza pues solo es un medio de pago.
La riqueza se genera fabricando cosas, trabajando para una empresa, realizando negocios, poniendo en marcha la economía.
La emisión descontrolada de dinero no acaba con la pobreza, por el contrario la incrementa a mediano plazo, produce carestía y más ruina para los pobres que ganaran sueldos con menos poder adquisitivo.
La Independencia del Banco de la República es Constitucional y esta potestad no la da el Gobierno de turno. Los miembros de la Junta Directiva del Emisor, saben que sus decisiones deben estar orientadas a mantener el poder adquisitivo de la moneda, tal como lo define el artículo 373 de la Carta Magna, son puras razones técnicas.
Mediante la independencia del Banco Central se garantiza que el gobierno y los particulares, no tomen partido en las políticas monetarias y de la emisión monetaria en particular.
El Banco de la República es un órgano del Estado que desarrolla las funciones de Banca Central, organizado como persona jurídica de derecho público, de rango constitucional, con autonomía administrativa, patrimonial y técnica y sujeto a un régimen legal propio.
No se puede permitir que la política económica y específicamente la relacionada con los asuntos monetario, cambiario y crediticio, la manejen los politiqueros y mucho menos el Gobierno, por eso, debemos defender a toda costa la independencia y autonomía del Banco de la República y su Junta Directiva, designando en ella técnicos escogidos a través de procesos de selección rigurosos, que cuenten con suficientes méritos en la vida profesional, para evitar colados como en la actual directiva, el exministro Carrasquilla o la hija de una exministra, que están sirviendo a los interés del Gobierno, eso si hace falta en la legislación existente.
(*) Especialista en Administración Financiera y Alta Gerencia.www.economictvcolombia.blogspot.com