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Vigía CívicaEl tiempo que da y quita razones.

El tiempo que da y quita razones.

Por JAMES FONSECA MORALES – Vigía CÍVICA

En nuestro comentario anterior: “Predicción, sin oráculo”, anotamos que los pliegos de la selección abreviada, para alquilar la iluminación navideña de 2020, en el municipio de Santa Rosa de Cabal, exigían a los proponentes demostrar que habían “intervenido instalaciones en estructuras de elementos de iluminación navideña a alturas libres de más de 30 metros sobre el suelo.”

Y señalábamos que “Iluminaciones y Servicios S.A.S” era la única empresa local que tenía esa experiencia y que, sin consultar oráculo, predecíamos que esta semana le sería adjudicado el contrato, en un proceso que estaba hecho a su medida. Como lo predijimos, ocurrió, el 17 de noviembre pasado, la administración de Santa Rosa, adjudicó el contrato a esa empresa.

Por eso, cabe pensar que, al limitar la participación a MIPYMES de Risaralda, cuando, por el requisito de la altura, insertado en los pliegos, no hay aquí otra MIPYME que reuma esa experiencia y cumpla con la actividad económica; quedaron acomodados los pliegos para esa empresa, ahora contratista.

También,  que la administración municipal violó un claro concepto de “Colombia Compra Eficiente” que pide, a quienes impongan esa limitación: “revisar en la etapa de planeación (…) la existencia de varios posibles proponentes domiciliados en las entidades territoriales respectivas, pues de no existir posibles proponentes que cumplan con esa condición el Proceso de Contratación debe declararse desierto; o de existir un número reducido de proponentes, no está garantizando la competencia en el Proceso de Contratación.”

La explicación, si es que la hay, deberá darla, dentro de un tiempo, la administración de Santa Rosa, a los organismos de control, como le ocurrió al ex alcalde Enrique Vázquez.

En 2014 denunciamos que en la licitación pública N.º 312 del Municipio de Pereira, para la construcción del Plan de Obras 2013-2015, financiado por valorización, se pretendía que hubiera un solo contratista para las diez obras.

También que se estaban presentando maniobras para obstaculizar la participación plural, como la obligación, para los potenciales proponentes, de asistir a una audiencia el 31 de diciembre de 2014 y el incremento para acreditar la experiencia, del 25% del presupuesto oficial, al 50%, lo que impedía la pluralidad de participantes y especialmente de las firmas de ingenieros locales.

Cinco años después la Procuraduría sancionó al exalcalde y a su secretario jurídico, con suspensión de sus cargos, convertida en multas, al no ser ahora funcionarios públicos. Aunque la sanción se dio por haber modificado los pliegos, para permitir que los proponentes adecuaran sus ofertas y no por lo que habíamos denunciado, se logró el objetivo de poner en marcha la investigación que terminó en sanción.

Seguramente en el caso de Santa Rosa de Cabal, también será necesario esperar un tiempo, para ver sancionada la infracción.

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