FE, ESTADO LAICO Y UN NUEVO DÍA FESTIVO

OpiniónFE, ESTADO LAICO Y UN NUEVO DÍA FESTIVO

La devoción a Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá constituye una de las expresiones religiosas más profundas del pueblo colombiano. Desde que el papa Pío VII la declaró Patrona de Colombia en 1829 y recibió la coronación canónica en 1919, millones de fieles han encontrado en su imagen consuelo espiritual, esperanza y fortaleza. Nadie que comprenda el significado de la Fe, de la Revelación y de las convicciones religiosas podría desconocer la inmensa influencia que la Virgen ejerce sobre la vida de innumerables familias. Por eso el Papa Juan Pablo II visitó su santuario en 1986.

Tampoco sorprendería que muchos ciudadanos recibieran con agrado un nuevo día festivo. El descanso favorece la salud física y mental, fortalece la integración familiar y dinamiza sectores como el turismo, la hotelería, el comercio y el transporte.

Sin embargo, la expedición de una ley que incorpora al calendario nacional un nuevo festivo en honor de una advocación religiosa plantea interrogantes que trascienden la legítima expresión de la Fe. La discusión no consiste en la importancia inspirada en la Virgen de Chiquinquirá, sino en determinar si corresponde al Estado conferirle esa clase de reconocimiento oficial mediante una jornada nacional de obligatorio descanso.

La reflexión adquiere mayor importancia cuando el país atraviesa una delicada situación fiscal, caracterizada por un elevado déficit de las cuentas públicas, presiones inflacionarias, moderado crecimiento económico y una evidente necesidad de recuperar competitividad. En semejante escenario, toda decisión que aumente los costos merece un análisis particularmente riguroso.

Un editorial del Diario del Otún resumió acertadamente el dilema al señalar que «la creación de un nuevo festivo tiene implicaciones que van mucho más allá de la conmemoración. Incide en la productividad, en la competitividad y en los costos laborales, especialmente para los pequeños y medianos empresarios”. Además, con recortes de horas, recargos en dominicales y festivos. No se trata, pues, únicamente de una fecha saturable en el calendario; cada jornada no laborable representa efectos económicos medibles para empresas, trabajadores, instituciones públicas y finanzas nacionales.

Pero existe también un componente limitativo que no puede ser ignorado. La Constitución Política de 1991 definió a Colombia como un Estado laico, garante de la libertad religiosa y de la igualdad entre todas las confesiones. Como lo explica el jurista pereirano Marco Marín Vélez en su libro ¿Es Colombia, un estado laico? que uno de los atributos esenciales en esa dirección consiste precisamente en la neutralidad frente a las distintas creencias, sin alterar ni discriminar ninguna de ellas.

Esa interpretación ha sido reiterada por la Corte Constitucional. En la Sentencia C-817 de 2011, con ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, recordó que el Estado tiene prohibido realizar actos de adhesión, aun simbólicos, hacia una determinada organización religiosa, precisamente porque su deber consiste en preservar la imparcialidad frente a la diversidad de credos existente en la sociedad.

Ello no significa desconocer las raíces históricas del país ni mucho menos disminuir el valor de la tradición católica, ni su condición mayoritaria, que hace parte indiscutible de la identidad cultural. Significa, más bien, reconocer que en una democracia constitucional conviven creyentes variables, personas sin afiliación religiosa, agnósticos y ciudadanos que profesan distintas concepciones filosóficas, todos merecedores del mismo respeto y de idéntica protección por parte del Estado.

La tolerancia institucional no consiste en imponer ataduras ni uniformidades, sino en permitir que cada persona establezca desde la convicción moral propia su veneración, la intervención divina por la salud, la prosperidad, el aumento de la bondad, etcétera, y poder estar en la Paz del Señor.

A propósito, en la inmensidad y mixtura de días de descanso en el país, el reciente, ¿es día de guardar (religioso) o patriótico (civil)?

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