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LUIS FERNANDO CARDONA
Director Fundador

ActualidadSOBREVIVIR AL CÁNCER: EL DERECHO A VOLVER A EMPEZAR

SOBREVIVIR AL CÁNCER: EL DERECHO A VOLVER A EMPEZAR

 

Soy sobreviviente de leucemia mieloide aguda o cáncer de la médula ósea. Hoy, en 2025, estoy en fase de remisión. Hubo días en que sentir el miedo, la incertidumbre y la fragilidad me vencían, pero también hubo días de luz, por fortuna fueron los que más abundaron, de gestos firmes de cariño, de recuperación, de esfuerzo.

Más allá de mi familia, mis círculos de amor,  mi empresa con su presidente a la cabeza en el momento del diagnóstico en 2022, Juan Miguel Villa, fue uno de esos faros: me dio apoyo, entendimiento, flexibilidad. Me permitió atender mis tratamientos sin renunciar a mi dignidad laboral; me dio el espacio para sanar, para fallar, para volver, ser yo otra vez—quizá un poco más sabio, pero todavía yo, me visitó en mi propia casa cuando estaba en el fragor de la batalla por salir adelante. Y luego a finales de 2023 cuando llegó Jaime Dussán como nuevo presidente de la entidad, en una reunión de ese diciembre con sus asesores me dijo: “Conozco su caso y no vamos a interferir para nada en su proceso, tiene todo nuestro apoyo”

Sé que muchos otros con los que he hablado no han tenido ese privilegio. No han contado con políticas claras, con comprensión, ni con los ajustes que la ley ya contempla. Y no hablo solamente de quién sufre, sino de la familia —el padre, la madre, la pareja, los hijos—; de los amigos que aman desde la distancia; del entorno laboral que también vive la tensión de no saber si apoyar, ignorar o despedir.

Hace poco leí el artículo de la revista Epicrisis titulado “Sobrevivir al cáncer: el derecho a volver a empezar”, una reflexión profunda sobre cómo atender no solo la enfermedad, sino ese anhelo de reingreso —social, emocional, laboral— que queda muchas veces en promesas.

Lo que la ley ya establece… y lo que muchas empresas no han cumplido

En julio de 2025 fue aprobada la Ley 2475 de 2025, también conocida como la ley del derecho al olvido oncológico. Esta norma reconoce varios derechos concretos para las personas que sobrevivimos al cáncer: confidencialidad plena de la historia clínica, prohibición de discriminación laboral y en seguros basada en antecedentes oncológicos, adaptación de puestos de trabajo, flexibilización horaria, beneficios tributarios para empresas que implementen programas de adaptación, y la obligación para los ministerios de Trabajo y de Salud de diseñar y ejecutar políticas públicas de reinserción laboral en un plazo de doce meses.

Antes de esa ley, ya existía la Ley 776 de 2002, que regula el Sistema General de Riesgos Profesionales en Colombia, y contempla la rehabilitación y reintegro al trabajo de personas con discapacidad o con afectaciones debidas a enfermedad profesional o accidente —aunque no siempre se interpretaba para el cáncer como se requería.

También en Epicrisis se señala que, aunque la legislación ha avanzado, la garantía de la reincorporación social, laboral y familiar sigue siendo un pendiente estructural. Muchos sobrevivientes no vuelven por falta de adaptaciones, por temor al rechazo, por la ausencia de estrategias claras en empresas, o por no tener respaldo institucional real.

Reflexión hacia empresas y entornos laborales

Aquí es donde entra lo que yo llamo la prueba de fuego: tener ley no es suficiente si no hay voluntad, acción y cultura organizacional.

  1. Empresas que ignoran las normas

Algunas empresas ni siquiera conocen la Ley 2475, no saben qué implica el derecho al olvido oncológico ni lo que obliga: adaptar el puesto, flexibilizar horario, ofrecer beneficios, ni tampoco han sido informadas oficial o institucionalmente sobre sus obligaciones.

  1. Discriminación tácita o explícita.

He visto sobrevivientes que han sufrido rechazos para reingresar, que les cambian funciones sin aviso, o que les niegan ascensos o capacitaciones por temor a “que no aguanten”. Eso, aunque no se diga, es discriminación.

  1. Falta de adaptaciones reales.

Qué significa “adaptaciones laborales” si no se ajustan los horarios para citas médicas, si no se modifica temporalmente la carga de trabajo, si no se permite descansar más, si no se dispone de espacios adecuados para recuperarse. Muchas empresas hablan de “políticas de bienestar”, pero pocas implementan programas específicos para sobrevivientes de cáncer.

  1. Ausencia de sanciones efectivas.

La Ley 2475 contempla un régimen sancionatorio para quien viole las normas. Pero la vigilancia es débil, la denuncia, difícil, y muchos sobrevivientes no se animan por temor a represalias.

  1. Desconocimiento interno y cultura organizacional pobre.

Las empresas que no sensibilizan a sus equipos, que no forman a mandos intermedios, que no entienden que esto no es un favor sino un derecho, generan ambientes de silencio, de carga inconsciente, de presión extra para la persona, para la familia. Todos los sobrevivientes merecemos un retorno digno, pero también digno para quienes nos rodean.

 

¿Hacia dónde debemos ir?

– Que las empresas no vean la ley como un “riesgo legal” sino como una responsabilidad ética y un acto de justicia humana.

– Que los Ministerios y el Estado aseguren mecanismos de seguimiento, canales de denuncia seguros, acompañamiento para sobrevivientes, incentivos reales, no solo declaraciones.

– Que se establezcan estándares mínimos de adaptaciones laborales (por ejemplo: días de consulta médica, descansos, tareas modificadas, supervisión comprensiva).

– Que haya campañas de sensibilización para toda la sociedad —empleadores pequeños, medianos, grandes— para que sepan que sobrevivir al cáncer no termina con un tratamiento, sino con la reinserción plena.

– Que se valide la experiencia del sobreviviente: mi historia no es un caso aislado; soy también voz para otros.

Sobrevivir al cáncer debería incluir, junto al “siento alivio”, el “estoy listo para volver sin que me excluyan o me minimicen”. Tener la ley es un logro, estar en remisión es un triunfo personal, pero volver al trabajo con dignidad, con respaldo, sin reproches ni silencios, eso debe ser garantía para todos. Porque el cáncer lo vive cada persona, pero también su familia, su red de amor y su lugar de trabajo. Nuestro derecho a volver a empezar exige compromiso tangible y no solo palabras.

Referencias

– Epicrisis. “Sobrevivir al cáncer: el derecho a volver a empezar”. Edición 37, Septiembre-Noviembre 2025.

– Ley 2475 de 2025 (derecho al olvido oncológico).

– Ley 776 de 2002, protección mediante riesgos profesionales, rehabilitación y reintegro.

2 COMENTARIOS

  1. Excelente columna… La voy a compartir porque es un tema no conocido por la mayoría de las personas…. Gracias

    • Gracias Marisol. Es mi idea al publicar mi caso y en esta oportunidad con lo legal . Siempre hay opciones y siempre hay camino .

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