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ActualidadLa cantaleta del casco

La cantaleta del casco

Por JUAN CARLOS PARRA SANABRIA

La humanidad ha caminado por senderos muy difíciles y dolorosos, por eso ha buscado proteger su cuerpo con diferentes elementos y no rendirse ante las disímiles tormentas que le ha otorgado la historia.

Después de haber sobrevivido a todos los riesgos de la guerra, el ser humano ha aceptado el reto de usar los vehículos automotores y por dos centurias ha roto las barreras de la velocidad de cada época y continúa escalando su pedestal, construyendo un futuro infinito.

Uno de esos excitantes inventos fue la motocicleta y al lado de nuestra inseparable amiga llega el casco para el motociclista, se dice que, en 1885, Gottlieb Daimler, ingeniero industrial e inventor de una de las primeras motocicletas, fue quien creó la primera versión primitiva del casco de motocicleta.

De manera coherente, si analizamos las actividades del ser humano donde se han utilizado cascos o elementos similares, tendremos que referirnos a las lides de la guerra, donde las épocas mas antiguas, se han desarrollado creativos y muy variados diseños para proteger la cabeza de los titanes bélicos.

Es el caso   del año 1935 donde ocurre el fallecimiento de Lawrence de Arabia quien muere en un hecho de tránsito, por tal evento sale despedido, se cuenta que el profesional médico que lo atendió, concluyó que si el piloto hubiera tenido un casco se habrían evitado todos los traumas cráneo encefálicos, es desde aquel entonces, que se promovió un estudio con los motoristas del ejército y se inicia la carrera en el mundo para colocar el uso del casco como obligatorio.

¿Pero qué es un casco? Si miramos Wikipedia nos define este elemento de protección de la siguiente manera:

“Un casco es una forma de prenda protectora usada en la cabeza y hecha generalmente de metal o de algún otro material resistente, típicamente para la protección de la cabeza contra objetos que caen o colisiones a alta velocidad”.

La real academia de la lengua lo define así:

“Cobertura para la protección de la cabeza que deben utilizar generalmente los conductores y pasajeros de motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuatriciclos, ciclo motores y vehículos tipo quad…” (https://dpej.rae.es/lema/casco-de-protecci%C3%B3n)

Para que no demos muchas vueltas, vamos al código de tránsito de Colombia, Ley 769 de 2002, en el artículo 2, define el casco en el siguiente tenor:

Casco: Pieza que cubre la cabeza, especialmente diseñada para proteger contra golpes, sin impedir la visión periférica adecuada que cumpla con las especificaciones de las normas Icontec 4533 «Cascos Protectores para Usuarios de Vehículos», o la norma que la modifique o sustituya.

Cómo lo podemos ver , la norma colombiana ya habla de una norma Icontec, pues la NTC 4533 es la que en primera medida  rigió solitaria para los motociclistas,entonces veamos que certificaciones existen o que normas deben cumplir los cascos para poder ser comercializados:

Las certificaciones DOT (USA) La norma FMVSS 218, también conocida simplemente como DOT, es la que regula el uso de cascos en Estados Unidos. Las sigas DOT significan Department of Transportation y FMVSS es por Federal Motor Vehicle Safety Standard, SNELL (USA) y ECE/ONU (EU) La norma ECE R22-05 es desarrollada por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa. Ha sido adoptada en más de 50 países del mundo, cubren los estándares de homologación más exigentes de Estados Unidos y Europa, mientras que la homologación NTC 4533La NTC 4533 versión 2017 es una actualización a la norma anterior que definía los estándares que deben cumplir los cascos cubre las exigencias establecidas en Colombia y la homologación NBR 7471 cubre las exigencias establecidas en Brasil. 

En Colombia están permitidas 3 normas para la certificación de los cascos: ECE 2205, DOT y NTC 4533. Puedes utilizar cualquier tipo de casco siempre que se encuentre certificado bajo una de estas 3 normas.

Normas en Colombia: la NTC 4533 DE 2012 Fue adoptada por la resolución 1737 de 2004.

En el año 2017 se actualizó la NTC 4533, para lo cual fue necesario que dos años después el ministerio de transporte expidiera la resolución 1080 de 2019.

Durante la vigencia de estas normas la gente se ha disparado a dar miles de versiones, diferentes posiciones y se han creado diversos mitos:

El casco abierto, abatibles o  escualizable está prohibido:

El Ministerio de Transporte publicó el 22 de junio de 2016 un comunicado en donde explica que los cascos abatibles y abiertos son permitidos para su uso, desmitificando así un rumor que indicaba que iban a ser prohibidos.

A hoy, este comunicado sigue vigente y se permite el uso de dichos cascos en el país. Esta circular se puede encontrar también en el sitio web de Mintransporte con el número de radicado 20164000279671

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